Tantas denuncias, presuntos enormes sobreprecios y robos; oportunas investigaciones penales y seguimientos de la Fiscalía, pero luego de un tiempo los casos se acumulan, se contribuye al silencio, se sepulta en el olvido y tiene un denominador común: la impunidad. Existen excepciones que deben ser resaltadas como la actitud valiente, en el cumplimiento de sus deberes, de juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, que condenaron a la organización delincuencial que operara en el correísmo desde la Presidencia. ¿Y el resto?
Qué pasó con las demás autoridades y tantos otros casos como la reconstrucción de Manabí tras el terremoto en el gobierno pasado. Gran parte de las instituciones se hace de la vista gorda. Demoran y dilatan los trámites como el levantamiento de la inmunidad en la Legislatura o el tratamiento en la comisión de Fiscalización, a pesar de las graves denuncias confirmadas y el encuentro de cientos de miles USD en manos de asesores de asambleístas. Eso resulta ser cómplices y encubridores. Por eso el bajo nivel de confianza en una institución que debiera responder con oportunidad, fiscalizando y legislando. La Asamblea ha demorado demasiado la aprobación de la Ley de Extensión de Dominio que sirva para combatir con eficacia la corrupción, como tienen otros países.
Los actos de corrupción no aparecieron con esta pandemia, aunque hoy se han evidenciado más por la agilidad de las acciones penales. Vienen desde antes, profundizados en el gobierno cleptómano del correísmo, pero el trabajo de la Fiscal los ha puesto en evidencia. Estos hechos desafían a los ciudadanos y por ello debieran dejar de jugar con su dignidad. Nos creen tontos.
Pueden faltar leyes y normas pero con solo aplicar las existentes se ganaría mucho. En medio del estupor por tanto abuso en las contrataciones de salud en esta pandemia se propone otra reforma al COIP. Según respetables juristas, no hace falta crear un nuevo tipo penal porque eludir procesos administrativos para adquirir bienes en el sector público y enriquecerse es simplemente peculado, porque el incumplimiento de ese procedimiento es el medio para cometer este delito. Con la propuesta de “elusión de procedimientos administrativos’’ pueden argumentar que el pago de sobreprecios no está tipificado en el COIP; solo habría responsabilidades administrativas y así evitar condenas penales. Recién se dan cuenta. Además, de aprobarse, regirá a futuro. ¿Y los casos actuales?
No podemos olvidar el mandato popular expresado en la consulta de febrero del 2018. Se aprobó con más del 73 % de votos la primera pregunta que decía: ¿Está de acuerdo que se enmiende la Constitución para que se sancione a toda persona condenada por actos de corrupción con su inhabilitación para participar en la vida política y la pérdida de sus bienes?