Las leyes que perduran no se aprueban con la visión de una sola de las partes. Se aprueban discutiéndolas y consensuándolas. La Asamblea está obligada a discutir el proyecto enviado por el Presidente de la República y mal hace al devolverlo porque una instancia asesora opina que no reúne los requisitos necesarios.
Las leyes las deben discutir y aprobar los legisladores y no los asesores. Y son los legisladores los que pueden rechazarlas por inconvenientes o inconstitucionales, y no el CAL, órgano administrativo.
Pero producido el hecho, por irregular que sea, lo procedente es que tomando en cuenta observaciones válidas, que las hay, se lo reformule para su aprobación en la Asamblea. Debería excluirse el capítulo que contiene reformas al sistema financiero, que si bien tienen alguna norma positiva, contiene otras que deben rechazarse, como la propuesta de volver al “supermercado financiero”, causa fundamental del colapso financiero de los años 1999 y 2000, incluida ya en la nefasta Ley de Instituciones Financieras aprobada en 1994.
Las reformas al sistema laboral y las normas para el sector fiscal tienen relación directa con el propósito básico del proyecto y no pueden rechazarse por ser materias distintas. El éxito de la propuesta para que haya mayor empleo depende en gran medida de la solución de la crítica situación fiscal. En la propuesta laboral podría equilibrarse la ausencia de estabilidad para el trabajador, ahora desempleado, con un recargo para el salario por horas de trabajo u ocupación temporal. Si ahora es de USD 2.50 por hora para el trabajador amparado en el Código del Trabajo, cuyas protecciones no se modifican, que el nuevo, contratado bajo las normas propuestas, reciba USD 3 por hora. El gobierno debe eliminar la multa prevista para el trabajador en el proyecto. Estas y más sugerencias pueden contribuir al consenso indispensable, pero negar la necesidad de establecer normas que permitan aliviar la angustiosa realidad de desempleo que se vive es, al menos, irresponsable.
No debe eliminarse el impuesto a la herencia, pero podría aplicarse lo pagado por el impuesto al patrimonio a ese concepto. Que se suba de dos a tres mil dólares la base para el cálculo del impuesto a la renta. Que se revisen los porcentajes del impuesto al patrimonio que gravan más a las personas naturales que a las jurídicas que han hecho más utilidades. Y que se obligue al SRI a ejercer sus facultades para cobrar el impuesto, a los que no han hecho la declaración patrimonial, que son el 80% de los que deben hacerlo. Como estas habrán muchas cosas por sugerir, revisar y modificar. Pero la obligación de asambleístas y gobierno es consensuar y aprobar un texto que permita al país salir del atolladero en el que se encuentra. No se lo logrará con posiciones extremas ni del un lado ni del otro. El choque de trenes tiene, siempre, víctimas en los dos convoyes.