Lo del dinero electrónico puede ser solo un error o la intencionalidad del retorno del Banco Central a emitir moneda, en contravención al único régimen monetario que genera confianza: el de la dolarización.
El artículo 101 del Código Orgánico Monetario y Financiero expresa: “La moneda electrónica será puesta en circulación privativamente por el Banco Central del Ecuador, respaldada con sus activos líquidos, sobre la base de las políticas y regulaciones que expida la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera”.
Realmente debería definirse solo como un instrumento de transaccionalidad de dinero, igual que lo sería una tarjeta de débito. Una persona registra una cuenta electrónica en el Banco Central y deposita o recibe dinero –efectivo o cheque que se convierte en efectivo, antes de poderse disponer de su valor-Entonces, el beneficiario de la cuenta, usando el teléfono celular donde aparece acreditado el valor, puede hacer pagos a otra persona natural o jurídica registrada para recibir pagos por esta vía, hasta el valor o saldo depositado.
Hay convenios con bancos privados, con el fin que se admita la transacción de entregar dinero en efectivo contra el saldo registrado en el teléfono, lo que se limita a montos y condiciones restrictivas.
No se trata, entonces, de que el Banco Central ponga privativamente dinero en circulación “respaldado por activos líquidos”, sino que solo por dólares efectivos recibidos, debe ser acreditable el respectivo valor, para su uso, nada más.
En el léxico de las autoridades económicas, lo de “activos líquidos” no se limita a lo que es propiamente “liquidez”. Incluye títulos valores de exigibilidad no mayor a 30 días. Y ahí está el temor de que para pagar sueldos y otras obligaciones, el Gobierno emita papeles a 15 días o a un mes y los entregue al Banco Central, en lugar de acreditarle dinero, y esta entidad “emita dinero electrónico” contra papeles, que vayan rotando y multiplicándose, incrementando la deuda pública de muy corto plazo.
Los atractivos de disminuir en cuatro puntos porcentuales el IVA –en relación a lo que se paga en dinero real- y otros, de no respetarse aquello de que en la circulación electrónica solo debe acreditarse dinero efectivo y no papeles, podrían constituirse en trampas a la confianza, para nada error de “buena fe”.
La solución: transparencia. Que todos los meses se transparenten las cifras, nada de papeles para acreditar pagos electrónicos.
Información esencial, para generar credibilidad, será: ¿Cuánto se recibió en dinero y se acreditó por la vía electrónica? ¿Cuánto es el saldo después de las debidas transacciones? ¿Se mantienen en liquidez los saldos aun no dispuesto por quienes puedan utilizarlo?, entre otras precisiones.