Jaime Vargas, haciendo fisga de la legislación y la administración de justicia, se negó a declarar en la causa penal instaurada a propósito de los acontecimientos miserables de octubre de 2019, que agredieron e incendiaron a Quito, a título de que tenía derecho a hacerlo en su propio idioma. Y su abogado defensor, a una pregunta del periodista que le cuestionó el proceder, puesto que su cliente habla perfecto castellano, le contestó: “sí, pero tiene derecho”.
Seguramente se refería a la norma del artículo 76, numeral 7 literal f) de la Constitución, que manda que el ciudadano tiene derecho a “Ser asistido por un traductor si no comprende o habla el idioma en el que se sustancia el procedimiento”. El dirigente Vargas comprende y habla fluidamente español, como ha dado muestras reiteradas en sus comparecencias en la radio y la televisión. Basta recordar el discurso incendiario -propiamente dicho- en octubre pasado cuando dijo que había ordenado cerrar todas las llaves de los pozos petroleros, llamó a las Fuerzas Armadas a quitar el apoyo al presidente Moreno (es decir a un golpe de Estado) a quien le calificó de la manera más soez, infame y coprológica, haciendo referencia a su limitación de movimiento autónomo.
Fiscales y jueces no deben permitir que Vargas les tome del pelo y se burle de la ciudadanía. Hay base legal suficiente para ello: el artículo del Código Civil, añadido a continuación del 32, señala que: -Constituye abuso del derecho cuando su titular excede irrazonablemente y de modo manifiesto sus límites, de tal suerte que se perviertan o se desvíen, deliberada y voluntariamente, los fines del ordenamiento jurídico.
Y el artículo 26 del Código Orgánico de la Función Judicial, ordena que los jueces deben exigir a las partes y sus abogados actuar con buena fe y lealtad y deben sancionar “todo modo de abuso del derecho” para retardar el progreso de la litis. Y, por último, el artículo 502 numeral 6 del COIP dispone que “el juzgador nombrará en el mismo acto a un traductor cuando el declarante no sepa el idioma castellano”.
Ha transcurrido más de un año desde los actos salvajes de octubre de 2019 que pusieron en peligro a Quito, agredieron a la ciudad, destruyeron parte de su patrimonio, amedrentaron a sus habitantes, los encerraron por más de una semana, secuestraron, insultaron y golpearon a policías y militares e incendiaron el edificio de la Contraloría, sin que hasta ahora nadie haya sido juzgado por estos atropellos. La aplicación real y oportuna de la ley es sustancial en un estado de derecho. Si algunos fiscales y jueces no se sienten capaces de llevar adelante este proceso o le tienen miedo a Vargas, deben dar paso a quienes – que sí los hay- son capaces de aplicar la ley “sin favor ni temor”, como mandan los principios fundamentales de la administración de justicia.