La Ley Económica enviada a la Asamblea Nacional por el Presidente de la República, contiene reformas importantes. Es de esperarse que los legisladores la tramiten sin alterar su sentido ni incluir declaraciones de corte ideológico, o “literario”, de las que el ordenamiento jurídico está saturado.
La Ley Económica tiene un mensaje de fondo, que debe destacarse: la empresa privada es el principal actor de la economía. El Estado -digo yo, en armonía con lo que intuyo será la filosofía de la reforma- no está para hacer negocios. Ya hemos visto cómo los hace, con cuánto disparate, irresponsabilidad y corrupción.
El Estado está para administrar justicia independiente, legislar con equidad, entendiendo las complejidades de la economía y la sociedad; está para dotar de seguridad a la gente y desarrollar la infraestructura que haga posible contar con servicios eficientes y vivir con dignidad.
Está para facilitar la educación en libertad, sin adoctrinar y sin tergiversar la historia. Para eso está El Estado. Lo demás, es asunto de los individuos libres, de los emprendedores, de los trabajadores. El resto, como dice el hombre llano, “deje no más”, es de cuenta nuestra.
El Código Tributario, entre sus reglas generales, debería establecer una suerte de “derecho adquirido tributario”, en virtud del cual el contribuyente, por cumplir los requisitos señalados en la norma y obrar con apego a ella, y sin necesidad de más, incorpore a su patrimonio legal el derecho concreto a la estabilidad jurídica y a la intangibilidad normativa, esto, al menos en los impuestos esenciales que inciden en forma determinante en el patrimonio de las personas.
La Constitución garantiza la seguridad jurídica, que, en la práctica, se reduce a un enunciado teórico, materia de discursos y alegatos que no se leen. Esta garantía debería expresarse en la estabilidad normativa como derecho concreto del contribuyente, que articule la posibilidad de tener un horizonte cierto, que permita trabajar a cada sujeto en el largo plazo, sin que cada gobierno reforme, sin arte ni concierto, el sistema, las tarifas y las exenciones cada vez que se le ocurre.
El cambio sorpresivo de las reglas ha sido un mal endémico. Más aún, la emisión de “normas” por vía de reglamento, instructivo y hasta página web, se ha extendido a casi todos los ámbitos legales.
Es preciso, en todas las materias, y en especial en la tributaria, volver al principio de legalidad estricta, prohibir las interpretaciones discrecionales y educar a contribuyentes, autoridades y jueces en la “cultura de la Ley”.
El concepto de “derecho adquirido tributario” sería una forma de dotarle de estabilidad al régimen impositivo, de generar certeza en los contribuyentes. Y de disciplinar al Estado.