La Amnistía concedida por la Asamblea tiene dos caras: la jurídica y la política.En la dimensión jurídica se sitúa el proceso y los límites que debe observar el legislador. Es un acto legislativo, ya que altera la ley penal; implica terminar con procedimientos penales en marcha o eliminar las sanciones ya decididas y se concede a grupos de personas o categorías de delitos; por ello es un acto general y, al concederlo, debe observarse el procedimiento legal y los límites constitucionales.
En la dimensión política, la amnistía implica consideraciones sobre las razones por las que se realizan ciertas acciones, sus motivaciones y el objeto de ellas. La Constitución es clara, se concede amnistía por delitos políticos y, aunque no existe una definición o una lista de ellos, se entiende que son los que afectarían a la estructura del Estado; no pueden ser delitos comunes ni los que se dirigen contra la administración pública y los de genocidio, tortura, desaparición forzada, secuestro y homicidio.
La Asamblea, al amnistiar a 268 personas, ha respondido, desde la mala política, a la exigencia de justicia por actos abusivos y delitos comunes cometidos en nombre de lo político. Entre los amnistiados hay muchos que cumplían las condiciones para recibirla, pero es claro que en la Asamblea se aprovechó de las circunstancias para usarla como moneda de intercambio de favores, beneficiando a quienes por sus contactos, relaciones o influencia, tienen acceso al poder, enviando un mensaje a los demás que se puede estar por encima y al margen de la ley.
Se afirma que el objetivo de la decisión es la reconciliación, pero para ello se requiere de la verdad; el reencuentro debe ser resultado de un proceso nacido de la justicia, no de cálculos circunstanciales que benefician a pocos. No importa la etiqueta: “derecho a la resistencia y protesta social”, “defensa de territorios comunitarios”, “justicia indígena” o “defensa de la naturaleza”; en muchos casos suena a impunidad disfrazada de justicia, y en poco tiempo sentiremos las consecuencias.