Las autoridades del ramo han aprobado entre otras reglas para la banca, la obligación de acreditar en forma inmediata en la cuenta respectiva, el valor de los cheques depositados.
Esto, si bien beneficiaría a la persona que recibiría el depósito, afectaría directamente al banco, porque este, después de haber acreditado el valor del depósito, recién se enteraría a través de la denominada Cámara de Compensación, que el cheque no tiene fondos; que ha sido girado sobre cuenta cerrada o que ha sido adulterado en la firma o en la cantidad; sin embargo, en cualquiera de estos casos los fondos estarían ya acreditados y el reclamo judicial tendría que iniciarlo el banco contra el girador o el depositante, según proceda.
Con esta mecánica, es obvio que el beneficiario estaría agradecido por el pronto pago. Yo también lo estaría, porque en 3 años no he podido cobrar dos cheques por falta de fondos, el uno y por estar adulterado, el otro, pues ya hubiera recibido el importe de dos cheques.
Amenazarle a un sinvergüenza con cerrarle la cuenta no le asusta, pues tal sanción está prevista en nuestra legislación desde muchos años atrás, los estafadores lo conocen perfectamente y siguen campantes. En síntesis, una medida así beneficiaría ostensiblemente a los acreedores, pero paralelamente se crearían enormes problemas en los bancos.
Si se busca la eficiencia de los intermediarios financieros, lo que debe es controlarse sus utilidades, ligándose para ello directamente, las tasas activas y pasivas; esto es, las tasas que paga la banca por los depósitos que recibe y las que cobra por los préstamos que hace.
En este sentido, se tramitó en primera instancia, hace algunos años, en el Congreso Nacional un proyecto de ley que exactamente regulaba esto, pero fue negado posteriormente, por el solo hecho que el proyecto fue presentado por el diputado Febres Cordero.