Independencia de la Función Judicial no significa que la sociedad deba quedar sometida al libre albedrío de los administradores de justicia. Por eso instituciones públicas como el Consejo de la Judicatura e instituciones jurídicas como el “error inexcusable” no pueden desaparecer, pues regulan e intervienen en la relación entre el sistema de justicia y sus usuarios, donde los estos últimos son la parte más vulnerable que debe ser protegida frente al poder judicial.
La actividad judicial tiene que estar regulada, supervigilada y sujeta a sanciones, a través de la destitución e inhabilitación profesional permanente, para el caso de la negligencia grave, y elevadas penas de prisión, para el caso de la actuación dolosa.
El Consejo de la Judicatura o cualquier organismo que lo reemplace deben estar pendiente de las actuaciones judiciales sospechosas que se pretendan esconder en una mal entendida “independencia de funciones” y, de ser el caso, imponer los correctivos o castigos que sean necesarios. Violar la ley es tan grave como interpretarla o aplicarla de una forma inadecuada para beneficiar o perjudicar a una de las partes.
No nos dejemos confundir, porque un sistema abusivo que está terminando no puede ser reemplazado por otro y peor por corrupción.