El artículo “Una nueva Constitución” (18-10) de as tiene el mérito que se presta para una valoración. Como producto de sus dos lecturas, Rodríguez sostiene que: “(…)
Tenemos que escoger entre dos proyectos políticos: democracia o dictadura (…)”. Ergo, se infiere que el Art. 1 que dice que el Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia social, lo que hace es “legalizar el autoritarismo”, que dizque hemos vivido desde la vigencia constitucional (octubre 2008). Considero que una sola lectura cuidadosa de la Constitución es suficiente para darse cuenta de la existencia de un proceso de cambio de nuestro Derecho Constitucional, pues el Estado constitucional que vivimos es producto de la evolución del Estado legal, particular que no se puede tratar en un espacio tan corto como este. En el Estado constitucional, los actos públicos y privados siempre están sometidos a nuestra Ley Suprema; por lo mismo, sería “aberración” y absurdo insistir que la Constitución 2008 protege un proyecto político dictatorial. Nuestra Carta Magna se presta, eso sí, para un debate permanente entre dos o más visiones diferentes en lo social, en lo político y en lo económico, según se ha podido observar a lo largo de esta década ganada para unos o década perdida para otros. Sería interesante que desde la academia surja un estudio profundo y serio sobre la evaluación constitucional en el Ecuador.