En mi columna del domingo 2 de mayo en defensa del doctor Fausto Murillo injustamente removido del cargo de vocal del Consejo de la Judicatura cometí dos errores: uno leve y otro grave. El leve: Decir Consejo Nacional de la Judicatura en vez de Consejo de la Judicatura tanto en el nombre completo, como en las siglas: CNJ, en vez de CJ. El grande, haber escrito que el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social no pertenece a la Función Judicial, en vez de haber dicho lo correcto que el Consejo de la Judicatura no pertenece a la Función Judicial.
Quede, pues en claro que está bien dicho que el de Participación Ciudadana no pertenece a la Función Judicial, porque ese Consejo es una Función del Estado, y que el Consejo de la Judicatura no pertenece a la Función Judicial. Este grave error invalida mi defensa del doctor Murillo, pues parecería que el argumento para removerlo era válido: haber renunciado a la Función Judicial con una compensación económica de 30 000 dólares y haber sido nombrado vocal del Consejo de la Judicatura que pertenece a la misma Función Judicial. Pero reitero que el CJ no pertenece a la Función Judicial. Así, Murillo fue bien nombrado, pues no ingresó al servicio de la Función Judicial sino al Servicio Civil en el sector público.