En el Juicio de Acción Penal Privada por Injurias Calumniosas que se encuentra en la Corte Nacional de Justicia, por la querella presentada por el Ec. Rafael Correa Delgado contra Emilio Palacio Urrutia, Carlos Nicolás Pérez Lapentti, Carlos Eduardo Pérez Barriga, César Enrique Pérez Barriga y la C. A. El Universo (contra esta última para efectos indemnizatorios por daños y perjuicios) y sobre el Editorial de EL COMERCIO ‘El Juicio Contra El Universo’, publicado el 15 de enero del 2012 y por diario Hoy, denominado ‘Casación de la sentencia contra diario El Universo’, de 16 de enero de 2012, informamos:
Es desolador, para los lectores de prensa escrita del Ecuador, observar día a día la connivencia que tienen pocos dueños de diferentes medios de comunicación que circulan en el país, que parecen una orquesta bien calibrada y dirigida a desconocer la legalidad del proceso legal instaurado. Esta supuesta serie de incoherencias de fondo y de forma (en el supuesto no consentido de que hubieran), fueron realizadas por la actitud negligente de los abogados defensores de los querellados y del diario El Universo, quienes adrede han tratado de restarle transparencia al proceso, utilizando su propio diario, inventando situaciones que sólo existen dentro de su psiquis.
Este proceso no es clave para la libertad de expresión en el país, ya que en ningún momento se ha coartado este derecho a ningún ciudadano, peor aún a algún medio de comunicación. La Libertad de Expresión implica un conjunto de obligaciones y derechos, que se ejerce plenamente en el Ecuador y es de esta libertad de expresión, de la que se ha abusado, como es evidente para todos diario El Universo y sus dueños han establecido una línea de libertad para injuriar y difamar.
Los únicos organismos y personas que están atentos a lo que le pueda suceder jurídicamente a diario El Universo o a sus dueños, son los que están financiados por ellos o las personas que han recibido dádivas para emitir ciertas opiniones; y, si el mundo en general está atento del caso, está atento para observar cómo los dueños de diario El Universo sí tienen responsabilidad y participación en el cometimiento de injurias para destrozar la imagen del economista Rafael Correa Delgado.
Lo que se ha ejercido en este caso es el derecho a determinar la responsabilidad ulterior del medio de comunicación por emitir publicaciones que afectan la reputación de las personas, derecho garantizado en la Constitución de la República y en la Convención Americana de Derechos Humanos.
Constitución de la República
“…Art. 18.-Todas las personas, en forma individual o colectiva tienen derecho a:
1. Buscar, recibir, intercambiar, producir y difundir información veraz, verificada, oportuna, contextualizada, plural, sin censura previa acerca de los hechos, acontecimientos y procesos de interés general, y con responsabilidad ulterior…”
Convención Americana de Derechos Humanos
“…Artículo 13. Libertad de Pensamiento y de Expresión
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.
2. El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para asegurar:
a) el respeto a los derechos o a la reputación de los demás, o
b) la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas…”
Estos editoriales que reflejan la opinión oficial de Diario EL COMERCIO y diario Hoy solo demuestran un cinismo completo, al afirmar que los artículos denominados ‘No a las Mentiras’ y ‘Camilo El Matón’, del señor Emilio Palacio y publicados por Diario El Universo, son artículos de opinión. Nadie en el mundo entero puede negar que estos artículos no sean injuriosos, difamadores e calumniosos.
El proceso de acción privada por el cometimiento del delito de injurias calumniosas graves solo admite tres tipos de pruebas, que son la material, documental y testimonial conforme lo establece el Código de Procedimiento Penal; y, el plazo para presentarlas está plenamente establecido en el art. 372 ibídem. El hecho de que los querellados se hayan limitado a presentar recusaciones, a pedir nulidades y por último pruebas impertinentes dentro de este plazo, no es culpa de los jueces que actuaron en el presente caso, sino que responde a la falta de profesionalismo de sus abogados defensores y de diario El Universo.
Es falso que los jueces hayan aceptado la figura del desacato, que según la opinión oficial de Diario EL COMERCIO, no existe en el código Penal ecuatoriano. Los señores Pérez, dueños de diario El Universo y el señor Emilio Palacio, fueron acusados y sentenciados por el delito de Injurias Calumniosas, establecidos en el art. 489 y 491 del Código Penal ecuatoriano en vigencia.
No se ha extendido la responsabilidad penal a nadie, sino que existe entre los señores Pérez y Emilio Palacio una autoría coadyuvante, por haber actuado en un modo principal de forma deliberada e intencional al establecer una política noticiosa de injurias en contra del economista Rafael Correa Delgado, delito que no se pudo haber cometido sin esta actuación; y, nunca se ha juzgado penalmente a la C. A.El Universo, como pretenden hacerlo creer, ya que las reformas al Código de Procedimiento Penal, art. 31 numeral 2 literal c) permiten establecer responsabilidad civil dentro del proceso penal, por lo que solo responde para efectos indemnizatorios dicha Compañía.
Por estas consideraciones, se hace evidente, una vez más, la constante manipulación por parte de cierta prensa en lo relativo al presente caso en el cual somos abogados patrocinadores y queremos dejar en claro que no claudicaremos nunca ante todas esta mentiras constantes emitidas por ciertos diarios, quienes de forma malsana y perversa tergiversan toda la información sobre este caso.