Superindustria tomó esta determinación porque el producto puede obstruir las vías respiratorias de los menores. Foto: Archivo EL TIEMPO
Una niña de un año muerta, otra de 10 meses con síntomas de asfixia y un niño de 8 con problemas neurológicos de por vida fueron los tres casos documentados que llevaron este miércoles a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) de Colombia a prohibir de manera cautelar la venta, distribución y comercialización de las ‘minigelatinas’ en cápsula en el país.
Uno de los argumentos que anunció la SIC es que estos productos, de entre 3 centímetros y medio de largo y cuatro de ancho, pueden obstruir las vías respiratorias de los niños, causar asfixia, paros respiratorios, daños neurológicos de por vida e incluso la muerte.
Santiago Ucros Rodríguez, neumólogo pediatra de la Fundación Santafé de Bogotá, hizo parte del grupo de médicos que documentaron estos tres casos y le contó a ELTIEMPO.COM cuáles son los principales problemas que podrían darse cuando un niño ingiere estos productos.
“Estas gelatinas tienen un centro cilíndrico semisólido que el niño ingiere y que puede clavarse en las vías respiratorias y obstruirlas”, indica Ucros.
Dicho centro está hecho a base de Konjac, una planta proveniente del sudoeste asiático que tiene como propiedad no deshacerse en la boca.
“El diámetro aproximado de la tráquea de un niño es el largo de su dedo meñique. Por eso es muy fácil que esta gelatina se incruste en sus vías respiratorias y pueda causarle asfixia”, señala Ucros, quien añade que el primer caso que recibió fue de un niño de 8 meses que se atoró con la fruta alojada en la gelatina y quedó con “parálisis cerebral y una discapacidad motriz y cognitiva de por vida”.
“Estas secuelas son muy graves y nos llevaron a preguntar a la Asociación de Neumólogos Pediatras de Colombia si había más casos similares”, cuenta Ucros.
En esa búsqueda se documentaron dos situaciones más. El primero es el de una niña de 12 meses que, según cuenta Ucros, “fue ingresada al hospital, permaneció internada durante 5 meses y luego falleció a causa de una lesión por la ingesta de la gelatina”.
El segundo es el de una menor de 10 meses que sufrió de asfixia. El médico recomienda vigilar constantemente lo que los menores ingieren y asegura que hasta los cinco años no deben consumir maíz pira ni maní.
En este sentido, según la Resolución No. 35240, publicada este miércoles por la SIC, “los menores fueron considerados por el servicio médico como ‘previamente sanos al accidente’”, en este sentido estos hechos “se encuentran asociados al consumo de ‘minigelatinas’ (…) el diagnóstico común: asfixia, broncoaspiración y obstrucción de la vía aérea”.
En la Resolución, la SIC señala que las ‘minigelatinas’, que tienen un costo en el mercado de entre 200 y 300 pesos, se adquieren en dulcerías y se encuentran en las “secciones de golosinas de las grandes superficies” y están “dirigidas especialmente para niños, máxime, cuando el producto no cuenta con ninguna advertencia o instrucción para su correcto consumo”.
No obstante, Colombia no es el único país que ha prohibido la comercialización de estos productos.
En el 2001, la Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos (FDA por sus siglas en inglés) emitió una alerta y el 6 de septiembre de ese año fisiólogos miembros de la Comisión de Seguridad de Productos de Consumo, concluyeron que “las características físicas de los pequeños dulces representan un riesgo de asfixia grave, especialmente en niños pequeños”.
Casos similares se produjeron en Reino Unido, donde la Agencia de Estándares Alimenticios (FSA) señaló que las gelatinas “pueden suponer un peligro de asfixia”. En Australia, la Comisión Australiana de Consumo indicó que los productos que contienen Konjac pueden alojarse en la garganta y “restringir el suministro de aire”.
Prohibición para importadores colombianos
La Resolución de la SIC decretó un cese de comercialización de manera cautelar de estos productos traídos desde China. El veto establece multas de hasta 640 millones de pesos y, según lo anunció, en los próximos 60 días tomará una decisión definitiva respecto sobre dicha prohibición.
Entre la lista de empresas importadoras están la Comercializadora Seul Fd Ltda., Comincol S.A.S., Administración de recursos y Oportunidades S.A. – Adro s.a., y Comercializadora Gummycol S.A.S. Estás tres, según el portal de análisis empresarial www.datos.com con base en Dian, importaron en el 2014 cerca de 177 mil dólares en otras preparaciones alimenticias, partida arancelaria en las que se encuentran las ‘minigelatinas’ encapsuladas.
ELTIEMPO.COM se comunicó con la Surtidora Nacional de Comestibles la Dulcería S.A.S, una de las que aparecen en la lista y pudo establecer que están enterados de la resolución y que dejarán de comercializar las ‘minigelatinas’ en cápsula. Por su parte, la empresa Inversiones Bermudas S.A.S aseguró que todavía se encuentra evaluando la decisión de la Superindustria.