En la Fiscalía General se presentaron denuncias para que se investigue la presunta alteración de la votación de cuatro legisladores en el fallido intento de destitución del presidente Guillermo Lasso.
Ayer (6 de julio del 2022), el presidente de la Asamblea, Virgilio Saquicela acudió a esa entidad. Allí solicitó que se indague lo ocurrido en la sesión 782 del Pleno el 28 de junio del 2022.
Un informe técnico del Departamento de Tecnologías y Comunicación de la Asamblea Nacional confirmó que cuatro curules se manejaron de forma remota, desde una misma dirección IP. Esto habría ocurrido durante la votación virtual que se realizó el 28 de junio.
“Una vez analizada la información de los curules 70, 71, 76 y 90, se ha podido verificar en los respectivos archivos la existencia de una dirección IP en común, mismo que realiza conexiones a los citados curules en horas similares en la sesión del 28 de junio del 2022″, detalla ese informe.
Esos puestos son de los legisladores Dalton Bacigalupo, Marlon Cadena, Wilma Andrade (Izquierda Democrática) y Guido Chiriboga (CREO). Ellos aseguraron que se oponían a la destitución del Primer Mandatario y denunciaron que sus curules fueron manipulados y no pudieron registrar el voto deseado.
Por este caso, el titular de la comisión de Fiscalización, Fernando Villavicencio, también pidió a a la Fiscalía que se investigue este caso. Según Villavicencio, el acceso irregular al sistema para alterar la votación se dio desde un equipo con una dirección IP situado en el sector del parque La Alameda, a pocas cuadras de la sede de la Asamblea.
“Aquí hubo un ataque informático orientado a vulnerar la soberanía del voto y la decisión de algunos legisladores”, mencionó Villavicencio. “Estoy solicitando a Fiscalía que a través de peritaje informático identifique la ubicación y al titular de la referida dirección IP”, añadió.
El 30 de junio pasado también se conoció que legisladores de la Bancada del Acuerdo Nacional (BAN) entregaron a la entidad investigadora una denuncia por el presunto delito de acceso no consentido a un sistema informático.
Penalistas consultados por este Diario coinciden que en este caso es necesario realizar un peritaje informático. El objetivo es determinar lo que ocurrió durante la votación y determinar si hubo o no una infracción penal.
La normativa penal
En el Código Integral Penal (COIP) se establecen tres tipos de delitos informáticos relacionados con la alteración, acceso o manipulación de sistemas informáticos.
A continuación, detallamos estos tipos de ilícitos:
- La interceptación ilegal de datos (artículo 230) se configura cuando una persona “sin orden judicial previa y en provecho propio o de un tercero, intercepta, escucha, desvía, graba u observa un dato informático en su origen, destino o en el interior de un sistema informático. Esto con la finalidad de obtener información registrada o disponible”. Este delito es sancionado con pena privativa de libertad de tres a cinco años.
- El ataque a la integridad de sistemas informáticos (artículo 232) se sanciona con cárcel de tres a cinco años cuando una persona destruye, daña, borra, deteriora, altera, suspende, traba, causa mal funcionamiento, suprime o provoca un comportamiento no deseado de datos informáticos, mensajes de correo electrónico o sistemas de tratamiento de información, telemático o de telecomunicaciones. Cuando este ataque “se comete sobre bienes informáticos destinados a la prestación de un servicio público o vinculado con la seguridad ciudadana”, la pena aumenta de cinco a siete años de prisión.
- El acceso no consentido a un sistema informático, telemático o de telecomunicaciones (artículo 234) es cuando una persona “accede sin autorización a un sistema informático o sistema telemático o de telecomunicaciones” o también cuando esa persona permanece dentro del mismo sistema “en contra de la voluntad de quien tiene el legítimo derecho, para explotar ilegítimamente el acceso logrado”. Este delito se castiga de tres a cinco años de cárcel.