Rumiñahui: Sentencian a cinco personas por trata con fines de explotación sexual

Sentencia en Rumiñahui: cinco personas condenadas por trata de personas con fines de explotación sexual

El Municipio de Quito activó 6 700 efectivos y el PMU para vigilar la capital durante el feriado.

Un tribunal sentenció a cinco personas por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual, en el cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha, según informó la Fiscalía General del Estado este miércoles 20 de mayo de 2026.

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La sentencia a cinco personas por trata con fines de explotación sexual en Rumiñahui

La Fiscalía Multicompetente No. 6 del cantón Rumiñahui presentó las pruebas durante el proceso judicial.

El Tribunal declaró a María del Rosario A. P. como autora directa del delito, al determinarse que tuvo dominio del hecho.

En calidad de coautores, fueron sentenciados Paola Estefanía P. A., Carlos Luis G. V., Ronny Isaac M. R. y José Francisco P. T.

El Tribunal también dispuso que los tres últimos sean expulsados del territorio ecuatoriano una vez que cumplan la pena privativa de libertad.

Recibieron 25 años y cuatro meses de prisión.

Multas y atención a víctimas

Además de la condena, los jueces ordenaron el pago de una multa equivalente a 600 salarios básicos unificados para cada uno de los sentenciados.

El fallo también establece que la red pública de salud deberá garantizar atención psicológica y psiquiátrica a las víctimas, enfocada en el tratamiento del trastorno de estrés postraumático.

Testimonios de las víctimas

Durante la audiencia de juzgamiento, el fiscal del caso presentó el testimonio anticipado de ocho víctimas, mujeres de entre 21 y 25 años.

Según sus declaraciones, las procesadas mantenían mecanismos de deuda extorsiva y control coercitivo.

Las víctimas afirmaron que recibían amenazas constantes de ser “vendidas al Tren de Aragua” si se negaban a cumplir actividades relacionadas con explotación sexual.

Análisis psicológico y social

También comparecieron peritas en psicología, entorno social y contexto, quienes concluyeron que existían relaciones asimétricas de poder entre los tratantes y las víctimas, identificadas como mujeres migrantes en situación de vulnerabilidad.

Allanamiento en el Valle de Los Chillos

Dentro del juicio se expusieron informes periciales contables que evidenciaron registros de ingresos generados por cada víctima y descuentos aplicados.

Asimismo, declararon agentes aprehensores y peritos que participaron en el reconocimiento del lugar durante el allanamiento a un centro clandestino de explotación sexual ubicado en el Valle de Los Chillos.

El operativo se ejecutó la madrugada del 7 de junio de 2025.

Las agravantes aplicadas corresponden a los numerales 5 y 9 del artículo 47 y al numeral 7 del artículo 48 del COIP.

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