La Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) indicó que, de enero hasta el 9 de diciembre del 2022, se han registrado 80 258 citaciones a conductores que cometieron los cinco tipos de infracciones de tránsito más recurrentes en Quito.
Estas infracciones son las siguientes:
- Conducir un vehículo sin portar licencia de conducir.
- Conducir sin usar el cinturón de seguridad.
- Estacionar el vehículo en lugares prohibidos.
- No realizar la Transferencia de Dominio dentro de los 30 días.
- No obedecer las señales de tránsito.
Este tipo de infracciones son sancionadas con multas que van desde el 5% hasta el 30% de un salario básico unificado.
¿Se generan intereses o pagos adicionales si las personas no cancelan las multas antes de que termine el 2022?
La Agencia Nacional de Tránsito (ANT) señaló que, desde el 10 de agosto de 2021 cuando se reformó la Ley de Tránsito, las infracciones de tránsito ya no graban el 2% de recargo mensual.
El 10 de agosto de 2021 se publicó en el Registro Oficial la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
En esa norma se menciona que “por 90 días contados desde la vigencia de la Ley se eliminarán los intereses y recargos de las infracciones de tránsito siempre que se cancele el 100% de la multa principal”.
Además, ya no habrá más recargos, es decir, las infracciones de tránsito ya no grabarán el 2% de recargo mensual.
Por ejemplo, si una persona comete una infracción de tránsito como estacionarse en lugares prohibidos, no usar el cinturón, viajar a exceso de velocidad, entre otros tendrá que pagar una multa, pero ya no se le cobrará intereses adicionales.
Sin embargo, el contraventor debe cancelar todas multas impuestas por los agentes de tránsito. De lo contrario no podrá renovar su licencia de conducir, realizar la revisión técnica vehicular, ni matricular el vehículo que esté a su nombre.
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