El contralor Pablo Celi firmó la notificación, resultado de un informe especial emitido por la Contraloría en agosto. Tanto Jorge Glas como su abogado, Franco Loor, anunciaron que apelarán la decisión de la Contraloría y que presentarán una acción de protección. Foto: Diego Pallero y Vicente Costales / EL COMERCIO
La resolución de la Contraloría fue notificada el viernes, 27 de octubre del 2017, en la cárcel 4 al vicepresidente Jorge Glas. El documento impone la sanción de destitución en contra de Glas, y tiene efecto sobre su actual cargo público, según fuentes de la Contraloría, por su participación en la adjudicación del bloque petrolero Singue en abril del 2012, como parte del comité de licitación. Entonces él se desempeñaba como Ministro Coordinador de Sectores Estratégicos.
Pese a que la Contraloría tiene competencia para el proceso de destitución, todavía no se ha esclarecido cuál es la autoridad que debe aplicar la sanción impuesta. Sin embargo, la resolución también fue remitida al ministro de Relaciones Laborales, Raúl Ledesma, “para los fines legales pertinentes”.
La entidad de control confirmó la destitución del Vicepresidente, una vez que concluyeron los 30 días de plazo que tenía para descargar las responsabilidades establecidas.
En un comunicado, Glas anunció el viernes que presentará un recurso ante el contralor y ante el Tribunal Contencioso Administrativo.
“Cabe recalcar que, en el supuesto no consentido, en que esta sanción con destitución surtiese efecto, esta operaría sobre el cargo de miembro del Comité, mas no sobre el de Vicepresidente, cargo que desempeño desde el 2013 hasta la actualidad, pues la sanción recaería sobre mis funciones anteriores y no sobre las actuales”.
“Ya no parece ser coincidencia -señaló- que este nuevo ataque a mi persona, se da en el preciso momento en que un grupo de compañeras asambleístas presentaron una acción de protección en contra del Decreto Ejecutivo 176, que dispuso el encargo de la vicepresidencia a María Alejandra Vicuña, a pesar de que, constitucionalmente y administrativamente, me encuentro en uso legítimo de mis vacaciones”.
El Vicepresidente cumple actualmente prisión preventiva por su presunta participación en el delito de asociación ilícita en el caso Odebrecht.
El artículo 48 de la Ley Orgánica de la Contraloría establece que “las sanciones de destitución las ejecutará la correspondiente autoridad nominadora de la institución del Estado, de la que dependa el servidor, por resolución ejecutoriada de la Contraloría”.
Juan Francisco Guerrero, catedrático de derecho constitucional de la Universidad Católica, estima que la autoridad nominadora que debe ejecutar la sanción es el Consejo Nacional Electoral, pues es el que proclama resultados y quien entrega credenciales. Sin embargo, hay que tomar en cuenta que esta decisión todavía es susceptible de impugnaciones tanto administrativas y judiciales.
Entonces en estricto derecho no podría ejecutarse de forma inmediata. Lo que busca la Contraloría al notificar la sanción al Ministerio del Trabajo -explica Guerrero- es inhabilitar al Vicepresidente para que sea funcionario público”.
Para el presidente del Colegio de Abogados de Pichincha, José Alomía, el ente encargado de destituir al Vicepresidente sería el Tribunal Contencioso Electoral. “En el Código de la Democracia se establecen las causales para hacerlo y con la sanción de la Contraloría el proceso sería aceptado”.
En la resolución, firmada por el contralor Pablo Celi, se confirma la responsabilidad administrativa culposa de Glas, que corresponde a una multa de USD 5 840. La misma sanción se impuso a otros 28 funcionarios y personas privadas. Una vez que se aplique la destitución, Glas no podrá ejercer cargos públicos por dos años.
La decisión de la Contraloría se fundamenta en las conclusiones del informe final DASE-0045-2017, donde se establece una serie de irregularidades en el proceso contractual de prestación de servicios para la explotación petrolera del bloque Singue. De ese examen también se desprendió un informe con indicios de responsabilidad penal contra Glas que en agosto pasado también se envió a la Fiscalía, que mantiene abierta una indagación.
El secretario Nacional de la Política, Miguel Carvajal, aclaró que lo actuado por Contraloría es un proceso de carácter administrativo. “Esperemos que los procesos sigan su cauce, dentro del marco de la Ley y la Constitución”.
En contexto
En agosto pasado, la Contraloría emitió un examen especial que determina responsabilidades civiles, administrativas y penales en contra de Jorge Glas y 28 implicados más, por la irregular adjudicación del bloque Singue. Se fijó una glosa de USD 5,2 millones.
Investigación
Las reservas de Singue se subestimaron en perjuicio del Estado
El informe de la Contraloría por el caso Singue está desde agosto del 2016 en la Fiscalía. Los investigadores ya abrieron una investigación previa para rastrear las posibles irregularidades detectadas.
Según el Código Penal, la Fiscalía tiene hasta dos años para indagar los hechos. Finalizado ese tiempo, la entidad puede imputar cargos contra los funcionarios señalados o, de no haber indicios, archivar el caso.
El fiscal general, Carlos Baca Mancheno, ha dicho que indaga un “potencial” delito de peculado en la adjudicación del pozo. La ley penal castiga con cárcel de entre 10 y 13 años este delito.
El informe de la Contraloría contiene tres partes medulares: la subestimación de las reservas de crudo, la fijación de una tarifa mayor a la que técnicamente debía establecerse y el traspaso de las acciones del bloque a la empresa Gente Oil Ecuador.
En esta compañía fue vicepresidenta Silvana Pástor, dos semanas después de que su padre, el entonces ministro de Recursos no Renovables, Wilson Pástor, firmara el contrato de concesión del campo petrolero. Él es uno de los señalados en el informe de la Contraloría.
En cuanto a las reservas, los auditores detectaron que el Comité de Licitación Hidrocarburífera calculó en 2 040 556 barriles la reserva de crudo. Sin embargo, hasta septiembre del 2016, el bloque Singue ya produjo 4 993 459 barriles superando en más de 2 2952 903 el estimado en el contrato.
En tres años (2013-2016) ya se explotó el 244% de lo que en un inicio estaba previsto para 20 años. Por esta producción el Estado pagó a la empresa 137,5 millones.
Al no considerar el 100% de las reservas oficializadas, hubo un aparente perjuicio para el Estado de 5,2 millones, según la Contraloría.
Además, otro indicio penal es el traspaso de acciones de Dygoil a Gente Oil Ecuador (ambas parte del consorcio).
Ese traspaso se dio un mes antes de la adjudicación del pozo y los avales financieros y operativos no fueron justificados por esta empresa, sino por sus accionistas, Gente Holdings y Gente Oil Group, lo cual fue observado.