El próximo 18 de febrero del 2022, a las 10:00, se realizará la audiencia de acción de protección en el Complejo Judicial Norte. El recurso fue presentado por Álvaro Román en contra del Consejo de la Judicatura para validar su derecho a la presidencia del organismo.
Román es vocal alterno de la expresidenta de la Judicatura, María del Carmen Maldonado. Tras su renuncia, la exfuncionaria sugirió que Román debía ser su sucesor por llegar al organismo por una terna, durante las designaciones hechas por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) Transitorio.
Provino de una terna enviada por la Fiscalía y no de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), por lo que el Pleno de la Judicatura decidió nombrar al vocal Fausto Murillo como presidente temporal. La CNJ debe enviar una terna al Cpccs para que se seleccione al nuevo titular.
El presidente de la CNJ, Iván Saquicela, dijo anteriormente que se debe cumplir lo establecido en el artículo 179 de la Constitución.
La normativa señala que “el Consejo de la Judicatura se integrará por 5 delegados y sus respectivos suplentes, quienes serán elegidos mediante ternas enviadas por el Presidente de la Corte Nacional de Justicia, cuyo representante lo presidirá; por el Fiscal General del Estado, por el Defensor Público, por la Función Ejecutiva y por la Asamblea Nacional”.
Mientras tanto, ayer, Román presentó una acción de protección solicitando medidas cautelares para acceder a la presidencia.
Paúl Narváez, juez de la Unidad Judicial Civil, avocó conocimiento del recurso y hoy, 11 de febrero del 2022, se conoció la convocatoria a las partes para la audiencia, a efectuarse el próximo viernes en el piso cinco del Complejo Judicial.
Ahí, las partes deben presentar los elementos de cargo y descargo respecto a “la presunta vulneración de derechos alegada por el legitimado activo (Román)”, señala el magistrado.
Las partes deberán comparecer en forma personal o por cualquiera forma legalmente permitida.
Por otro lado, el juez negó el pedido de medida cautelar porque la solicitud “no cumple con los requisitos necesarios (…) tampoco se estima que exista peligro inminente del daño que pueda provocarse a través del acto u omisión impugnados”.
Román explica que el artículo 262 del Código Orgánico de la Función Judicial lo ampara para ostentar la presidencia de la Judicatura. “Ese artículo determina que, ante la falta temporal o definitiva de la presidenta, tiene que asumir el vocal suplente”, afirmó.
Además, su designación como suplente de Maldonado corresponde a un periodo extraordinario, debido al dictamen interpretativo que blinda las decisiones del Cpccs Transitorio y no se pueden aplicar concursos ordinarios, sostiene Román. Por ello, asegura que debe ejercer su cargo hasta finalizar el periodo, en 2025. Fue posesionado en el 2019.
Recuerda que, en ese año, dos postulantes de la terna enviada por la CNJ fueron descalificados, quedó solo Maldonado y por eso el Transitorio lo designó como suplente. Esos serán los argumentos en la audiencia de acción de protección.