El presidente del COE Nacional, Juan Zapata, expuso el 21 de abril del 2021 las resoluciones que se aplicarán en el Ecuador por el avance de la pandemia de covid-19. Foto: Captura de pantalla
“El toque de queda será ininterrumpido e iniciará a las 20:00 del día viernes y finalizará a las 05:00 del día lunes“. Un confinamiento focalizado en 16 provincias ha sido planteado por el COE Nacional la tarde del 21 de abril del 2021 para intentar contener la propagación del covid-19 en Ecuador. Para aplicar la restricción, el organismo solicitó al Gobierno la emisión de un decreto de estado de excepción.
El director del COE Nacional, Juan Zapata, solicitó al presidente Lenín Moreno la aplicación de medidas de emergencia en las provincias de Azuay, Imbabura, Loja, Manabí, Santo Domingo de los Tsáchilas, Guayas, Pichincha, Los Ríos, Esmeraldas, Santa Elena, Tungurahua, Carchi, Cotopaxi, Zamora Chinchipe, El Oro y Sucumbíos.
En estas jurisdicciones el toque de queda también se aplicará de lunes a jueves, entre las 20:00 y las 05:00. El COE Nacional pidió que el estado de excepción tenga una vigencia de 28 días, desde las 20:00 del viernes 23 de abril de 2021 hasta las 23:59 del 20 de mayo.
Toque de queda y restricción vehivular; Hoy no circula quedaría sin efecto
Según lo expuesto por el COE, se aplicará prohibición de movilidad de personas y vehículos (toque de queda) en los siguientes horarios:
– De lunes a viernes el toque de queda se iniciará a las 20:00 y finalizará a las 05:00.
– Los días viernes, sábado y domingo se aplicará una restricción de movilidad absoluta en la cual el toque de queda será ininterrumpido e iniciará a las 20:00 del día viernes y finalizará a las 05:00 del día lunes. Esta disposición se aplicará también en el feriado del 1 de mayo de 2021, que aún siendo día de desanso obligatorio, se deberá cumplir con el toque de queda.
Para la circulación vehicular fuera del horario del toque de queda, el COE Nacional sugiere la implementación de libre circulación de vehículos privados sin restricción de placa.
En otras palabras, quedaría sin efecto el Hoy no circula.
Clases y teletrabajo
El teletrabajo se implementará “de manera obligatoria” tanto para el sector público como en el privado, excepto en el caso de los puestos de trabajo en los que se requiera acudir presencialmente por la emergencia. Esta medida se aplica a escala nacional, no solo en las 16 provincias en las cuales el COE pide decretar el estado de excepción.
En este sentido, las clases presenciales continúan suspendidas en escuelas, colegios y universidades de las 24 provincias del país. Las actividades educativas continuarán de modo virtual.
Sistema de salud, saturado en 16 provincias
El Secretario General de Gabinete de la Presidencia, Jorge Wated, fue el primero en tomar la palabra. Se refirió al sistema de salud ecuatoriano como “un sistema que está saturado en 16 provincias. Hemos identificado la llegada de la cepa brasilera, que genera un efecto de un contagio más rápido y su afectación es a gente de diversas edades. Hospitales del sector público, como del sector privado, tienen sus unidades de cuidados intensivos copadas y las listas de espera tienen en riesgo a la población”.
El Ministro de Salud habló sobre la transmisibilidad del covid-19 en Ecuador, durante la reunión del COE Nacional. Foto: Captura de pantalla
“Hemos recogido varias recomendaciones de federaciones de profesionales de la salud. Hemos hecho un diagnóstico en todas las provincias sobre cómo se está presentando la trazabilidad del covid”, aseguró el ministro de Salud, Camilo Salinas.
“Nuestro objetivo va a ser 2 millones de inoculados para el 24 de mayo”, cuando se lleve a cabo la transición de Gobierno, agregó el Ministro con respecto al plan de vacunación.
¿Quiénes estarán dentro de las excepciones a las restricciones de movilidad?
Según las medidas adoptadas por el COE, estas serán las personas y sectores exentos de las restricciones de movilidad:
1) Servicios de salud de la red pública integral y de la red privada complementaria;
2) Seguridad pública, privada, servicios de emergencias y agencias de control;
3) Sectores estratégicos;
4) Servicios de emergencia vial;
5) Sector exportador y toda su cadena logística;
6) Prestación de servicios básicos como agua potable, electricidad, recolección de basura, entre otros;
7) Provisión de alimentos, incluido transporte y comercialización;
8) Provisión de medicinas, insumos médicos y sanitarios incluidos su transporte y comercialización;
9) Industrias y comercios relacionados al cuidado y crianza de animales;
10) Trabajadores de los medios de comunicación;
11) Plataformas y servicios de delivery (para comida y medicinas) y los empleados acreditados;
12) Servicio diplomático, consular y organismos internacionales acreditados en el país;
13) Personas particulares en caso de emergencia debidamente justificada;
14) Actividades relacionadas al sector financiero- bancario;
15) Funcionarios del Consejo Nacional Electoral y Tribunal Contencioso Electoral;
16) Abogados;
17) Funcionarios de la Corte Constitucional;
18) Servidores públicos de la Función Judicial;
19) Funcionarios de la Defensoría del Pueblo Procuraduría General del Estado, Asamblea Nacional y Contraloría General del Estado;
20) Personas responsables y/o a cargo de la distribución y entrega de alimentación escolar;
21) Personas que deban movilizarse a puertos, aeropuertos o pasos fronterizos. En aquellos casos, los documentos habilitantes serán los pasajes del titular o tickes de embarque;
22) Personas que tienen agendadas sus citas de vacunación debidamente comprobado con el turno asignado, incluidos aquellos que tengan a cargo su cuidado y traslado para este fin, o aquellos que se encuentren dentro de la fase 1 de vacunación.
23) Quienes tengan citas medicas u odontológicas agendas.
24) Los sectores de la construcción y turismo.
25) Otros determinados por el COE Nacional.
¿Qué documentos deben llevar estas personas consigo para no ser sancionadas?
Los documentos habilitantes para la movilidad de los sectores y personas arriba mencionados son: RUC, RISE, guías de remisión, credenciales, turnos de vacunación, pasajes aéreos y citas médicas verificables.
Medidas para el resto del país
El COE tomó además algunas medidas a nivel nacional, en las 24 provincias del país, desde que rija el estado de excepción:
1. Se prohíbe la venta por cualquier medio de bebidas alcohólicas en el horario de vigencia del toque de queda.
2. Se dispone el teletrabajo obligatorio para el sector público y privado, incluyendo a los trabajadores de las funciones Ejecutiva, Judicial, Electoral, de Transparencia y Control Social y Legislativa, Gobiernos Autónomos Descentralizados, empresas públicas de la Función Ejecutiva y empresas públicas de los Gobiernos Autónomos Descentralizados.
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