El ciudadanoSantiago David E., que tenía una orden de apremio por pensiones alimenticias, durante un operativo policial presentó documentos falsos, escapó y derribó una moto de los agentes. Esto provocó que fuera buscado, detenido y desde el jueves 9 de febrero de 2023 tenga una sentencia.
Una vez analizadas las pruebas presentadas por Fiscalía, Tribunal de Garantías Penales declaró el jueves 9 culpable por el delito de ataque o resistencia y fue sentenciado a una pena privativa de libertad de seis meses y al pago de tres salarios básicos unificados.
Este hecho ocurrió la tarde del 11 de enero de 2021, cuando agentes policiales -en cumplimiento de una orden de apremio emitida por un Juez y por concepto de pensiones alimenticias-, pidieron a Santiago David E. los documentos de identificación, pero entregó una cédula con otros nombres y con los mismos apellidos, lo cual alertó a la Policía que se estaba haciendo pasar por otra persona.
Los uniformados revisaron la información del vehículo en el que se transportaba y solicitaron un registro del mismo, en ese momento, el ahora sentenciado arrancó el auto y derribó la motocicleta de uno de los agentes que realizaba el procedimiento. Escapó en su automóvil que, minutos después, fue ubicado por la Policía en un taller mecánico del sector.
Procesado luego de chocar se escondió en una mecánica
El propietario de la mecánica autorizó el ingreso de los uniformados para proceder a la aprehensión del ciudadano, quien se resistió, además agredió fisicamente e insultó a los agentes, aduciendo ser de una familia reconocida de Quito.
En la audiencia de juzgamiento, la fiscal del caso presentó ante los jueces pruebas contundentes que demostraron la responsabilidad del procesado en el delito imputado. Entre estas constan los testimonios de las víctimas, de los agentes aprehensores y de la secretaria del taller automotriz, quien señaló que el procesado no tenía una cita agendada para el manteamiento de su vehículo en este taller el día de los hechos. También se demostró que no conocía al procesado y que no era un cliente habitual del sitio.
A esto se sumó la pericia médico legal practicada a los agentes agredidos, la cual determinó la incapacidad para trabajar de tres días por las lesiones producidas por el ahora sentenciado.
El delito de ataque o resistencia está tipificado en el artículo 283 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), cuya pena privativa de libertad es de seis meses a dos años.
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