
Dos hombres fueron sentenciados en Quito a 29 años y cuatro meses de prisión por el delito de tráfico ilícito de drogas en alta escala, este lunes 22 de junio de 2026.
Los sentenciados, identificados como Héctor Omar M. S. y Carlos Andrés L. Q., enfrentaron cargos procesales como autores directos del delito.
La intervención policial se llevó a cabo el 24 de octubre de 2025 en el sector de La Ecuatoriana, ubicado en el sur de Quito.
Según el fiscal del caso, la intervención se originó a partir de denuncias anónimas que alertaban sobre la comercialización de sustancias estupefacientes en la zona.
Durante el operativo, los agentes identificaron a los dos hombres involucrados en actividades de microtráfico.
Los testimonios de los policías indicaron que Héctor Omar M. S. utilizaba una actividad de entrega a domicilio como fachada para transportar droga en una maleta.
En un momento clave, los uniformados observaron cómo entregó una funda negra a Carlos Andrés L. Q., lo que llevó a su interceptación.
Dentro de la funda, los agentes encontraron 282,60 gramos de pasta base de cocaína, un hallazgo que se confirmó mediante una pericia química forense realizada a la sustancia incautada.
Durante la audiencia, otros peritos y agentes que participaron en la investigación también comparecieron.
El responsable del reconocimiento del lugar indicó que los moradores del sector expresaron su preocupación por la presencia de personas dedicadas al tráfico de drogas.
Además, especialistas rindieron testimonio sobre exámenes psicosomáticos, evaluaciones psicológicas forenses y el reconocimiento de evidencias relacionadas con el caso.
Tras valorar las pruebas presentadas por la Fiscalía, el Tribunal de Garantías Penales de Pichincha resolvió unánimemente declarar la responsabilidad penal de los procesados.
La pena fue incrementada al aplicarse la circunstancia agravante contemplada en el numeral 5 del artículo 47 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que se relaciona con la participación de dos o más personas en la comisión del delito.
El tráfico de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en alta escala está tipificado en el artículo 220, numeral 1, literal c, del COIP. Este artículo contempla sanciones que oscilan entre 19 y 22 años de privación de libertad.