Redacción Judicial
La Comisión de Justicia de la Asamblea plantea que el hurto y el robo de montos superiores a USD 21,8 serán nuevamente delitos, que serán sancionados con prisión. Esta modificación será debatida hoy en el Pleno del Legislativo.
El 24 de marzo pasado, el entonces ‘Congresillo’, con mayoría de asambleístas de País, aprobó un paquete de modificaciones que estableció que el hurto sea solamente una contravención cuando se trate de montos inferiores a USD 654.
Según la Fiscalía y la Policía, se favoreció a los delincuentes. Asimismo, otro punto polémico fue que la estafa pasó a ser un delito de acción privada, es decir que la Fiscalía dejó de investigarla.
Pero ahora, la Asamblea planteó revertir esta decisión para “garantizar la administración de justicia para todas las personas”.
En el nuevo proyecto de Ley se acogen varias propuestas de reformas que fueron presentadas de distintos sectores, entre ellos de la Fiscalía, de la Presidencia, del bloque de Alianza País y de otros asambleístas de oposición. Sin embargo, la mayor parte del paquete de puntos aceptados corresponde a la propuesta de País.
Según el asambleísta Mauro Andino, de la Comisión de Justicia, las modificaciones buscan crear un verdadero sistema de justicia garantista. Mas está consciente de que reformas ‘parches’ no son la solución para el problema de inseguridad en el país.
“Se debe entender que hace falta una reforma integral al Código Penal, porque es demasiado antiguo. Además, el problema de la delincuencia no pasa solo por las reformas penales, sino por un cambio en todo el aparato de justicia”, afirma el miembro de País.
En el proyecto se plantea que los casos de hurto y estafa registrados desde marzo, con el Código Penal vigente, pasen a tramitarse con la nueva normativa; es decir, se plantea la retroactividad.
El plan también elimina la posibilidad de apelar el auto de llamamiento a juicio. Con esto se busca reducir el tiempo procesal y agilizar el proceso.
En el artículo 10 del proyecto se establece que no se sustituya la prisión preventiva en los casos de asesinato, de odio, de violación, de peculado, entre otros. En la segunda transitoria se fija un plazo de 180 días para que la Judicatura emita un informe sobre el cumplimiento judicial.
Artículos polémicos de la propuesta
La venta de bienes robados se sancionaría con 3 años de cárcel.
Artículo 569
Será sancionado con reclusión menor ordinaria de tres a seis años quien oculte, guarde, custodie, transporte o venda, después de la ejecución de un delito, sin haber participado en él y conociendo su procedencia ilegal, bienes del delito.
Artículo 27
Las audiencias: La tramitación y resolución de solicitudes de archivo y desestimaciones se realizarán sin audiencia.
Artículo 26
Añádase como último inciso el siguiente: “La fiscal o el fiscal establecerá, dentro de la fundamentación de su instrucción fiscal, la existencia o no de reincidencia del procesado”.
Artículo 167
En los delitos de acción privada y los de acción pública sancionados con una pena máxima inferior a un año se podrá dictar la prisión preventiva (o medidas cautelares).