Bajo el título “Críticas al Estado por el manejo en la entrega de frecuencias de radio”, reportaje que se publicó el pasado domingo 21 de noviembre, en la página 4ª, se hacen una serie de puntualizaciones que podrían ser percibidas como aseveraciones o hechos ciertos; sin embargo, me permitiré demostrarle que solo son casos y explicaciones que no tienen respaldo legal o técnico y que, en su lugar, se prestan para confundir a los ciudadanos y que, además, lamentamos decirlo, es una demostración de hubo una investigación poco acuciosa sobre un tema muy importante y delicado.
Exponiendo caso por caso: EN el reportaje indica el periodista: “Aníbal Cueva, dueño de la radio La Voz del Valle, en Machachi (Pichincha), dice ser una víctima del Conartel (Consejo Nacional de Radiodifusión y Telecomunicaciones), organismo fusionado al CONATEL por nuestro Gobierno. El señor Cueva pretendía la renovación de la concesión de la frecuencia y reconoce públicamente que incurrió en infracciones, pues señala que “no instalamos un sistema de microonda, pero pagamos la multa y con eso se debía cerrar el caso”. Debo aclarar que al operar con línea física (telefónica) y no con microonda, la señal tiene una alta posibilidad de deteriorarse, causando fallas de calidad que afectan la señal a ser escuchada por los ciudadanos, por lo que el ente de control emitió lo que correspondía a sus atribuciones. (Adjunto encontrará el anexo 1 con la documentación pertinente, además de los artículos de la Ley de Radiodifusión y Televisión y del Reglamento General)
Asimismo el señor Cueva afirma que “En noviembre del 2008, la Superintendencia de Telecomunicaciones, además de ratificar la negativa de la renovación por parte del Conatel, dispuso el retiro de los equipos a la Voz del Valle y que no saliera al aire”, lo cual evidencia que esta medida de la Superintendencia de Telecomunicaciones (organismo autónomo cuyo titular fue nombrado por la Asamblea Nacional), fue un estricto apego a lo que dispone la Ley.
Otro caso: El que se refiere a radio “La Voz de la Esmeralda Oriental CANELA”, el reportaje indica que en el 2007 “realizábamos una prueba de antenas para ampliar la frecuencia a Pastaza y luego pedir la concesión” y agrega que “Según Cabrera, esas pruebas se hicieron con el visto bueno de Fernando Bucheli, entonces titular del Conartel”.
Es de notar en su texto que el señor Cabrera acepta< que cometió una irregularidad, ya que operó una estación repetidora sin contar con la autorización legal respectiva. Además debemos dejar bien en claro que ni el Presidente del ex Conartel, ni el actual Presidente de CONATEL han tenido ni tienen facultades legales para autorizar una operación en prueba o previa de estaciones de radiodifusión. En otras palabras, la autorización, que menciona el caballero, provino de alguien que pudo haber sido usted o yo, o la persona que escribió el artículo. Da lo mismo, si fue así, no era legal ni procedente.
Tercer caso: Se denuncia que a la Radio Colosal de Ambato, que opera en AM, se le negó la concesión de una frecuencia en FM a pesar de haber completado los trámites legales, lo cual carece en lo absoluto de veracidad, pues en ningún momento el Conatel ha negado o rechazado su pedido de frecuencias ya que fue la propia Superintendencia de Telecomunicaciones (retiro, ente autónomo) que le comunicó al propietario de la estación, Francisco Salazar, que el proceso de concesión de una frecuencia de radiodifusión sonora FM para operar una estación matriz a denominarse “COLOSAL VIRTUAL”, no podía continuar con el trámite correspondiente debido a que no se ajustaba a los procedimientos legales. (Ver anexo 3)
Cuarto caso: la nota indica que “Hasta el momento, las nacionalidades Cofán, Zápara y Kichwa Amazónica ya tienen los informes favorables de la Supertel para iniciar con los proyectos de concesión de las frecuencias”. Otra imprecisión del periodista, ya que la Superintendencia de Telecomunicaciones, en uso de sus facultades, emitió los respectivos informes técnicos – jurídicos relacionados con las 14 peticiones de concesiones presentadas por distintas nacionalidades indígenas y no sólo de tres como se expresa en el artículo de prensa.
Y, una última situación. Se señala que “Este Diario solicitó a la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones (Senatel) detalles del expediente, el 26 de octubre, pero no hubo respuesta, porque el pedido debió ser hecho al Conatel y no a su organismo administrador.
En resumen, lo que ustedes llaman o denominan “Críticas al Estado por el manejo en la entrega de frecuencias de radio” trata de justificar, con Imprecisiones y desconocimiento de normativas legales, a personas que si bien tienen el derecho a solicitar frecuencias o renovaciones de concesiones también deben reconocer y asumir con responsabilidad que deben cumplir con sus obligaciones, es decir, acatar lo que mandan la Constitución, las leyes y reglamentos.
Igualmente, le hago un respetuoso pero firme llamado a Usted, señora Presidenta Ejecutiva de El Comercio, a que cumpla lo que dice la Constitución del Ecuador, en su Capítulo sexto “Derechos de libertad”, Art. 66.- que dice que se reconoce y garantizará: “7. El derecho de toda persona agraviada por informaciones sin pruebas o inexactas, emitidas por medios de comunicación social, a la correspondiente rectificación, réplica o respuesta, en forma inmediata, obligatoria y gratuita, en el mismo espacio y horario”.
Considerando que los medios de comunicación deben informar la realidad de los acontecimientos a la sociedad, como parte de generar opinión pública seria y veraz, es imperativo y oportuno que se proceda a publicar esta aclaración.
Cordialmente,
Ing. Jaime Guerrero Ruiz
Presidente del CONATEL