Registro Civil detectó inconsistencias en trámite de cambio de edad de Aquiles Alvarez en 2016

El Registro Civil señaló que el cambio de edad de 2016 en el acta de Aquiles Alvarez no tiene sustento verificable.

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El Registro Civil revisó las anotaciones incorporadas al acta de nacimiento de Aquiles Alvarez, alcalde de Guayaquil, y determinó que solo una de las dos marginaciones registradas tiene respaldo jurídico comprobable. La entidad explicó a El Universo que, tras contrastar información con el sistema judicial, encontró inconsistencias en uno de los trámites.

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El proceso de 2016 de Aquiles Alvarez bajo revisión institucional

De acuerdo con la Dirección General del Registro Civil, la modificación efectuada en 2016 para alterar el año de nacimiento no cuenta con documentación verificable. En cambio, la actuación registrada en 2019 deriva de una sentencia constitucional válida y ejecutoriada.

En el acta original constaba como fecha de nacimiento el 12 de abril de 1985, inscripción realizada en el Registro Civil de Guayaquil. En 2016, Alvarez solicitó rectificar ese dato para que el año figure como 1984, con sustento en un certificado de nacido vivo emitido por la Clínica Kennedy.

El cambio habría sido autorizado mediante una sentencia fechada el 26 de noviembre de 2016, correspondiente al proceso n.° 099141-2016-00198. Sin embargo, en febrero de 2026 el Registro Civil pidió al Consejo de la Judicatura que certifique la existencia de ese expediente, ya que no aparecía en el sistema público Satje.

La respuesta oficial indicó que ese número de proceso no consta en el sistema judicial. Además, la persona señalada como juez no ejercía funciones jurisdiccionales en la fecha atribuida al fallo.

Inconsistencias en firmas y cargos

El documento atribuye la decisión a Peter Kuffo en calidad de juez. No obstante, existe un escrito fechado el 5 de marzo de 2014 en el que Kuffo presentó su renuncia como juez temporal ante el Consejo Provincial de la Judicatura del Guayas, dos años antes de la fecha de la supuesta sentencia.

También figura la firma de la secretaria del juzgado, quien para 2016 ya se encontraba jubilada. Con estos elementos, el Registro Civil concluyó que no logró acreditar la existencia jurídica del proceso ni de la resolución que permitió la marginación de 2016, por lo que esa anotación carece de respaldo verificable.

La resolución constitucional de 2019

En 2019, Alvarez impulsó una acción de habeas data en la Unidad Judicial Penal Sur de Guayaquil. La autoridad competente emitió una sentencia que dispuso la corrección de datos de filiación y dejó sin efecto modificaciones previas del registro.

El Registro Civil precisó que esa resolución constituye el único título registral vigente que sustenta la información actual del ciudadano en el sistema institucional.

Prescripción y efectos legales vigentes

Aunque la entidad reconoció irregularidades en la marginación de 2016, señaló que transcurrieron más de ocho años desde su ejecución. Por ese motivo, las acciones administrativas o judiciales posibles se encuentran prescritas.

La institución aclaró que la sentencia constitucional de 2019 prevalece y que los datos actualmente registrados mantienen presunción de veracidad y legitimidad conforme a la normativa. En términos jurídicos, la marginación de 2019 es la única válida, ejecutoriada y oponible.

Información extra: Aquiles Alvarez

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