Todo indica que el proyecto de reformas a la Ley de Seguridad Pública y del Estado, que el Gobierno acaba de enviar a la Asamblea, tendrá el respaldo de los sectores legislativos. Así se han pronunciado las bancadas de Madera de Guerrero-PSC, Sociedad Patriótica y Alianza Libertad.
La propuesta del Ejecutivo busca que las Fuerzas Armadas intervengan, por disposición presidencial, en la protección interna y el control del orden público, cuando las circunstancias lo hagan indispensable.
Para los legisladores de oposición, Fausto Cobo, Cynthia Viteri y Paco Moncayo, la situación de inseguridad y delincuencia demanda la presencia de los militares en la calles. Por lo tanto, saludan la voluntad política del Primer Mandatario al enviar este proyecto de reforma.
Sin embargo, el debate que se proyecta a futuro no es político sino legal. La Constitución vigente, en su artículo 158, determina que las FF.AA. tienen como misión fundamental la defensa de la soberanía y la integridad territorial. En cambio, la protección interna y el mantenimiento del orden público son funciones privativas del Estado y responsabilidad de la Policía.
Únicamente, y tras declararse un estado de excepción, el Presidente puede disponer que los militares apoyen a la Policía hasta que se restablezca el orden público. Así lo señala la Ley de Seguridad Pública vigente y que el Régimen pretende reformar en sus artículos 11 y 23.
La esencia del cambio es que los militares intervengan en el orden público, por pedido del Presidente, pero sin la necesidad de declararse la excepción.
Pero Cobo, Moncayo y Viteri reconocen que estos cambios a la Ley de Seguridad Pública, pudieran generar un cortocircuito con el texto de la Carta Política.
No se trata de un tema que vaya a polarizar el debate, pero los grupos de oposición insisten en que este momento la prioridad es luchar contra la delincuencia y que paralelamente se puede pensar en un ajuste al texto constitucional. Para Cobo todo este cambio legislativo es producto de la errónea percepción que Alianza País tuvo durante la Asamblea de Montecristi sobre el papel de las FF.AA. en el control del orden interno. “Fueron visiones de extrema izquierda las que alejaron al sector militar de una tarea que hoy es fundamental en cualquier parte del mundo”, explica Moncayo.
Este asambleísta y Viteri sugieren al Gobierno que tras el anuncio de las reformas constitucionales vía referendo, que hiciera el Presidente, se ajuste el art. 158 de la Constitución .
Pero el secretario jurídico de Carondelet, Alexis Mera, no lo ve indispensable. Él asegura que la Carta Política establece que la misión de las FF.AA. sobre la soberanía y la integridad territorial es fundamental mas “no exclusiva”. El artículo -dice- “no está cerrando la posibilidad que pueda tener otras atribuciones el control y seguridad internos”.
Lo que dice la normativa
Constitución
El artículo 158 sostiene que las FF.AA. tienen como misión fundamental la defensa de la soberanía y la integridad territorial. La protección interna y el mantenimiento del orden público son funciones privativas del Estado y responsabilidad de la Policía.
Ley Seguridad
El artículo 35 establece que las FF.AA. “apoyen” a la Policía Nacional, que es la responsable del mantenimiento del orden público. Este espacio de coordinación se dará únicamente en los estados de excepción.
El proyecto enviado por la Presidencia propone que las FF.AA. intervengan, por disposición del Presidente, en la protección interna y el control del orden público, cuando las circunstancias lo hagan indispensable.
Participarán en control de armas e inteligencia dentro del país.