Los informes de la Procuraduría del Estado son concluyentes. Establecen que Fabricio Correa es el propietario de la constructora Cosurca, a través de la firma panameña International Energy Overseas Corporation (IEOC).
La entidad, junto con la Contraloría, analizaron desde junio del año pasado los contratos que varias empresas relacionadas con Correa suscribieron con el Gobierno. Buscaba establecer la relación del hermano del Presidente con esas compañías y si en los procesos de contratación existieron irregularidades.
Lo hicieron luego de que se denunciará por la prensa que Correa concretó acuerdos por unos USD 80 millones con el Estado, pese a la prohibición establecida en la Ley de Contratación.
Por ese motivo, el Presidente de la República dispuso en julio del 2009 que se terminen unilateralmente todos los contratos donde estaba involucrado su hermano.
Este Diario accedió a tres de los dictámenes que la Procuraduría emitió sobre los siguientes contratos: 1) Movimiento de Tierras del Programa Socio Vivienda en Guayaquil, por USD 3 994 839, con el Consorcio Rellenos y Plataformas (Cosurca); 2) Rehabilitación de la vía Alamor-Lalamor, por USD 29 092 962, con Cosurca; y 3) Rehabilitación de la vía El Empalme-Celica-Alamor, por USD 11 541 265, con Cosurca.
Aunque desde el año pasado la Procuraduría anunció el inició de los estudios legales, que terminaron en septiembre del 2009, hasta la fecha no ha hecho públicos sus resultados.
El organismo estatal confirmó que dentro de la estructura societaria de Cosurca la accionista principal es la firma panameña IEOC, desde el 27 de octubre del 2008. “Es decir, un día antes de la suscripción del contrato celebrado con el Ministerio de Transportes y Obras Públicas, del 28 de octubre del 2008”.
El 3 de julio del 2009, la Superintendencia de Compañías notificó que la compañía IEOC no está registrada en sus archivos. Solo está inscrita en el Registro Público de Panamá. Esta entidad, mediante certificado 397332, del 27 de julio del 2009, notificó que está vigente y que sus suscriptores son José Eugenio Silva Ritter y Dianeth Isabel Matos de Ospino.
La principal accionista de la firma panameña es Megamaq, que, a su vez, es una filial de la compañía Helptec, propiedad de Fabricio Correa Delgado.
En los informes de la Procuraduría se recogen como prueba las declaraciones que Fabricio Correa hizo en varios medios. Entre ellos, EL COMERCIO, Expreso, El Universo, Ecuavisa, Telerama, TC Televisión, Teleamazonas…
Con base en toda esta información, la entidad concluyó que International Energy Overseas Corporation “es propiedad de Fabricio Correa Delgado, quien bajo una simulación societaria ha actuado por interpuesta persona, violando el artículo 62 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública”.
Esa norma señala: “El Presidente, el Vicepresidente de la República, los ministros y secretarios de Estado, el Director Ejecutivo y demás funcionarios, los legisladores, presidentes o representantes legales de las entidades contratantes previstas en esta Ley, los prefectos y alcaldes; así como los cónyuges o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, de los dignatarios, funcionarios y servidores indicados en este numeral, no podrán celebrar contratos”.
En este caso, añade la Procuraduría, Fabricio Correa, ha reconocido haber utilizado a la empresa IEOC “como cortina para no aparecer como accionista de la empresa contratista, haciendo imposible detectar las inhabilidades para contratar, al tiempo de la suscripción del contrato”.
Diversas salas de lo Civil y Mercantil de la ex Corte Suprema de Justicia, ahora Corte Nacional de Justicia, han advertido que en el evento de que exista una manipulación de la figura societaria, se debe “levantar el velo de la persona jurídica y penetrar en el campo que estaba oculto”. Eso, con el fin de establecer cuál es la situación jurídica y quién es el verdadero responsable. Lo contrario -resalta el informe aprobado por el procurador Jorge García- sería amparar un fraude a la ley o el abuso del derecho, lo que por un principio de moral pública no puede admitirse jamás”.
Como corolario de su análisis, la Procuraduría señala que en los contratos suscritos con la firma Cosurca se ha incurrido en una causa para declarar la terminación unilateral del contrato. “El convenio se celebró contra expresa prohibición de la Ley, sin perjuicio de que se pueda demandar la nulidad del contrato por la misma inhabilidad o incapacidad para contratar”, concluye.
La Contraloría halló indicios penales en dos casos
De todos los informes que la Contraloría elaboró sobre las obras del hermano del Presidente, en dos se establecieron indicios penales. En la construcción del Puente sobre el río Paute y en la reconstrucción y mantenimiento de la carretera Plan Milagro-Indanza-Gualaquiza.
Esos informes fueron remitidos, con el memorando de responsabilidades, el 11 de septiembre del 2009 a la Fiscalía.
En el Plan Milagro-Indanza, se determinó que la máxima autoridad no cumplió con los pliegos de la adjudicación. En el segundo caso, los miembros de la Comisión Técnica tampoco observaron los pliegos de contratación.
En el resto de informes la Contraloría determinó responsabilidades administrativas y también confirmó que las empresas panameñas estaban relacionadas con las firmas de Fabricio Correa, encabezadas por Helptec.