El presidente de Ecuador, Guillermo Lasso, enfrenta una eventual censura y destitución de su cargo, luego de que la Asamblea Nacional diera paso al proceso de juicio político en su contra.
El proceso de destitución del Presidente de la República en Ecuador figura en la Constitución, en su artículo 129.
Ese artículo de la Carta Magna establece que la Asamblea Nacional podrá someter a juicio político al Presidente o del Vicepresidente, con los votos de al menos una tercera parte de sus miembros, en los siguientes casos:
“1. Por delitos contra la seguridad del Estado.
2. Por delitos de concusión, cohecho, peculado o enriquecimiento ilícito.
3. Por delitos de genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro u homicidio por razones políticas o de conciencia”.
Para iniciar el juicio político se requerirá el dictamen de admisibilidad de la Corte Constitucional, pero no será necesario el enjuiciamiento penal previo.
En el caso de Lasso, el máximo órgano de control emitió su resolución el pasado 29 de marzo para que se interpele al Jefe de Estado.
La tarde del martes 9 de mayo del 2023, en la Asamblea se aprobó que el juicio político en contra del Jefe de Estado continúe, aunque sin un informe de la Comisión de Fiscalización que avale dicho proceso.
Fueron 88 asambleístas los que votaron a favor de que el enjuiciamiento por presunto peculado siga su proceso de ley dentro del Parlamento.
La norma constitucional establece que luego del proceso de enjuiciamiento y de que el Presidente presente sus pruebas de descargo, la Asamblea tendrá un plazo de 72 horas para someter a votación la eventual censura y destitución.
Según la Constitución, para la censura y destitución se requiere el voto favorable de las dos terceras partes del total de asambleístas, es decir, 92 votos.
En caso de que la censura derive en indicios de responsabilidad penal del Primer Mandatario, se dispondrá que el proceso pase a conocimiento de la jueza o juez competente.
Etapas del proceso contra Lasso
Una vez que los legisladores aprobaron la moción presentada por la asambleísta correísta Viviana Veloz (Unión por la Esperanza, Unes), para que continúe el juicio político, el proceso avanzará en diferentes fases.
Los pasos a seguir constan entre los artículos 92 y 95 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa. De acuerdo con esa normativa, a partir del martes 9 de mayo, el Presidente de la Asamblea, Virgilio Saquicela, tiene tres días de plazo para remitir a todos los legisladores el expediente requerido por la proponente de esta causa, después de que la Comisión de Fiscalización no logró aprobar un informe motivado contra Mandatario.
“Transcurridas cuarenta y ocho horas luego de la difusión del informe, el Presidente de la Asamblea, en el plazo de cinco días, deberá incorporarlo en el orden del día para el conocimiento del Pleno a fin de proceder a la censura y destitución”, estipula la norma.
El ministro de Gobierno, Henry Cucalón, dijo este 10 de mayo que Lasso sí acudirá al Parlamento para ejercer su derecho a la defensa en el proceso del juicio político.
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