El pasado miércoles 23 de octubre de 2024, la Asamblea Nacional votó sobre el juicio político a la ministra del Interior, Mónica Palencia. Sin embargo, no consiguieron los 92 votos que eran necesarios para censurarla. Pero aún queda una duda sobre el cierre de la votación.
Más noticias
La ministra del Interior, Mónica Palencia, enfrentó un juicio político el 23 de octubre a partir de las 08:40 en la Asamblea Nacional. Para censurar a la ministra del Interior se necesitaban 92 votos, sin embargo, no se consiguió ese número.
Cerca de las 17:00 se cerró el debate y se inició la votación sobre la moción para censurar a la ministra del Interior, Mónica Palencia. En la votación de 133 asambleístas presentes, con 77 votos a favor, 40 en contra y 16 objeciones, no se censuró a la ministra Mónica Palencia.
Luego de finalizar la votación, la Asamblea debía reconsiderar la votación para archivar el juicio político a Mónica Palencia. Sin embargo, la presidenta, Viviana Veloz (correísta), clausuró la sesión sin permitir esta acción.
Valentina Centeno, asambleísta de ADN, mencionó que están inconformes con la decisión de Veloz de no permitir la reconsideración de los votos. “Lamentablemente, hoy, una vez más, las mañas de la vieja política. La presidenta de la Asamblea ha dejado abierta la votación y no nos ha dado paso a la reconsideración”, explicó Centeno.
Centeno explicó que, a pesar de que la bancada de ADN y Construye no votaron a favor de la censura, la votación aún está abierta. “Ellos están utilizando mañas a través de la Asamblea para desestabilizar”, indicó.
Sobre un posible cambio en la votación de la bancada de Construye, Centeno dijo que se espera que sean coherentes con la decisión que ya tomaron y que está segura de que respetarán esa postura.
El próximo lunes, a primera hora, según Centeno, van a reconsiderar lo votado el pasado 23 de octubre sobre el juicio a Mónica Palencia. “Ya existe un pronunciamiento de la Asamblea Nacional en contra de la censura a Mónica Palencia, quien continuará en su cargo”, explicó Centeno.
¿Qué dice la Ley Orgánica de la Función Legislativa?
Edison Guarango, abogado constitucionalista, explicó que, según el artículo 145 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL), cualquier asambleísta tiene la facultad de solicitar la reconsideración de una votación.
En la sesión del 23 de octubre, no se presentó ninguna solicitud de reconsideración, lo cual llevó al cierre de la sesión sin este trámite. Sin embargo, Guarango aclaró que en una sesión posterior aún se podría mocionar la reconsideración.
Hasta que no haya una reconsideración, la votación aún sigue abierta, según Guarango.
En caso de que se logre mocionar la reconsideración, Guarango detalló que se requiere una votación en la que se necesiten 70 votos para aprobar la moción. Si esta reconsideración se acepta, la censura a la ministra necesitaría nuevamente 92 votos para ser efectiva. Esto implica un proceso complejo, con varios niveles de votación que deben superarse para destituir a la ministra.
Finalmente, Guarango indicó que si nadie reconsidera la votación, la decisión del 23 de octubre quedaría en firme, y el juicio político se archivaría. Mientras no sea destituida, la ministra puede seguir ejerciendo sus funciones sin impedimento alguno.