La estrategia de Daniel Noboa que pone en jaque al Cpccs y sus procesos en Ecuador

Enmienda de Daniel Noboa al Cpccs reconfigura designaciones y presiona tiempos electorales

Daniel Noboa remitió al Consejo Nacional Electoral (CNE) el proyecto de enmienda constitucional corregido que plantea retirar al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) la facultad de designar autoridades. La propuesta ubica esta atribución en la Asamblea Nacional y se presenta en un contexto en el que el calendario electoral de 2026 ya se encuentra en marcha.

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Una reforma que reconfigura la designación de autoridades

El documento propone modificar el artículo 207 de la Constitución para eliminar la disposición que permite al Cpccs nombrar a los titulares de los organismos de control. Con este ajuste, la Asamblea Nacional asumiría esa competencia.

El Ejecutivo plantea este cambio como el eje central de la enmienda. La iniciativa busca alterar la estructura vigente en la designación de autoridades, lo que implica un rediseño institucional en ese ámbito.

El texto entregado al CNE incluye las observaciones emitidas por la Corte Constitucional del Ecuador en su dictamen del 19 de marzo de 2026, que calificó la propuesta de forma favorable, aunque con condiciones.

La Corte Constitucional y su rol en el proceso

La Corte Constitucional estableció que el proyecto debía regresar a su conocimiento una vez que se incorporaran las correcciones. Este paso resulta obligatorio antes de que el Ejecutivo emita el decreto para convocar a referendo.

El nuevo envío al CNE busca activar ese procedimiento. La notificación a la Corte permitirá verificar si el texto cumple con las condiciones planteadas en el dictamen previo.

Este control previo define la viabilidad jurídica del proceso, ya que la enmienda no puede avanzar hacia la consulta popular sin esa validación.

El pedido concreto al CNE

La solicitud del presidente al CNE se centra en que el organismo notifique a la Corte Constitucional para revisar la adecuación del proyecto corregido.

El CNE actúa como instancia de enlace en esta fase. Su intervención permite formalizar el trámite hacia la Corte antes de cualquier convocatoria a referendo.

Con este paso, el Ejecutivo busca dar continuidad al proceso dentro de los plazos institucionales establecidos.

El factor tiempo en el escenario electoral de 2026

El documento incorpora como antecedente resoluciones del CNE que marcan el contexto político actual. Entre ellas consta la declaratoria de inicio del periodo electoral.

También se incluye la actualización del calendario que fija las votaciones para noviembre de 2026. Este elemento introduce una variable temporal en el avance de la enmienda.

La coincidencia entre el proceso de reforma constitucional y el cronograma electoral define el ritmo de las decisiones institucionales en esta etapa.

Concursos en riesgo si gana el sí en el referendo

La propuesta de enmienda incluye una disposición general que impacta directamente en los procesos de designación en curso. El texto establece que todos los concursos impulsados por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social quedarán desiertos tras la publicación de los resultados del referendo en el Registro Oficial, en caso de que se imponga el “sí”.

Esta medida alcanza a varios procesos clave dentro del sistema institucional. Entre ellos constan la designación del Fiscal General, de autoridades del Consejo Nacional Electoral, del Tribunal Contencioso Electoral y del Defensor del Pueblo.

El alcance concreto dependerá del momento en el que se oficialicen los resultados. Desde ese punto, se definirá cuáles concursos dejan de avanzar bajo el Cpccsy pasan a la órbita de la Asamblea Nacional.

Choque de procedimiento entre el ejecutivo y la corte constitucional

El envío de la enmienda directamente al Consejo Nacional Electoral abre un punto de tensión con lo dispuesto por la Corte Constitucional del Ecuador. El organismo estableció que el proyecto debía regresar a su revisión una vez incorporadas las observaciones.

Esa verificación constituye un paso previo a la emisión del decreto que convoque al referendo. La Corte fijó ese requisito dentro del dictamen favorable condicionado emitido el 19 de marzo de 2026.

Información extra: Daniel Noboa

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