La Corte Constitucional (CC) inadmitió las seis demandas de inconstitucionalidad del decreto de muerte cruzada y disolución de la Asamblea Nacional. De esta forma, se ratifica la legalidad de la medida aplicada por el presidente de la República, Guillermo Lasso.
El jueves 18 de mayo de 2023, los tres tribunales que conforman la Sala de Admisión de la Corte Constitucional, emitieron seis autos en los que rechazaron las demandas de inconstitucionalidad presentadas en contra del Decreto Ejecutivo Nro.741.
Por unanimidad, los jueces rechazaron las demandas, pues consideran que no tienen competencia para pronunciarse sobre la verificación y motivación de la causal de grave crisis política y conmoción interna invocada por el presidente para disolver la Asamblea Nacional.
¿Se puede apelar esta decisión de la Corte Constitucional?
Abogados constitucionalistas consultados por EL COMERCIO aseguran que la decisión de rechazar las demandas de inconstitucionalidad de la muerte cruzada no es apelable ni en la Corte Constitucional, ni en otra instancia judicial. Es decir, que ya no es posible que un juez tumbe la muerte cruzada decretada por Lasso.
De hecho, en un comunicado de la Corte Constitucional se menciona que ni ese organismo ni alguna otra autoridad judicial del país tiene competencia para pronunciarse sobre la verificación y motivación de la causal de grave crisis política y conmoción interna invocada por el Presidente para disolver la Asamblea Nacional.
Además, en las seis resoluciones emitidas por el CC se menciona que las decisiones de rechazar las demandas “no son susceptibles de recurso alguno” y por lo tanto se dispone que se archiven los expedientes de las demandas de inconstitucionalidad de ese Decreto.
Incluso, en el último inciso del artículo 84 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional se menciona que “contra el auto de rechazo no cabe recurso alguno”.
Decreto de muerte cruzada
El presidente Guillermo Lasso decretó la muerte cruzada, el miércoles 17 de mayo de 2023, por grave crisis política y conmoción interna.
Con esa decisión, el Primer Mandatario disolvió la Asamblea Nacional y él podrá gobernar bajo decreto por seis meses. Lasso señaló que “he decidido aplicar el artículo 148 de la Constitución que me otorga la facultad de disolver la Asamblea”, señaló Lasso, en cadena nacional.
Además, con ese decreto Lasso solicitó al Consejo Nacional Electoral (CNE) la convocatoria inmediata a elecciones legislativas y presidenciales para el resto de los respectivos períodos.
La activación de esta herramienta constitucional se pone en marcha luego de que se cumpliera la primera jornada del juicio político en contra del Jefe de Estado, que cerró con el debate en el Pleno de la Asamblea la noche del16 de mayo del 2023.
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