
El presidente Daniel Noboa decretó este martes 30 de junio de 2026 el tercer período del programa social ‘Jóvenes en acción’, dirigido a personas de entre 18 y 29 años con 11 meses de edad que se hayan inscrito en la plataforma hasta hoy y que cumplan ciertos requisitos de elegibilidad.
El presidente Daniel Noboa firmó el Decreto Ejecutivo 435 en el que establece el tercer período del programa social ‘Jóvenes en acción’, dirigido a jóvenes de entre 18 y 29 años con 11 meses.
El objetivo principal del programa es fortalecer las capacidades de los participantes, promover su participación activa y contribuir a su desarrollo socioeconómico.
Los jóvenes interesados en beneficiarse del programa deben cumplir con los siguientes requisitos:
La Unidad del Registro Social verificará el cumplimiento de estos requisitos para determinar la elegibilidad de los postulantes.
El decreto establece una transferencia monetaria de 400 dólares mensuales durante tres meses. Por lo tanto, cada participante podrá recibir un total de 1 200 dólares.
Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta registrada por el beneficiario.
El primer desembolso dependerá del cumplimiento de las actividades asignadas y la validación realizada por las entidades ejecutoras.
Los jóvenes seleccionados deberán participar en actividades definidas por varias entidades, entre ellas:
Cada institución establecerá las actividades, los mecanismos de vinculación y el monitoreo del cumplimiento.
El Ministerio de Desarrollo Humano y la Unidad del Registro Social actuarán como entidades cooperantes dentro del programa.
El decreto también establece que los Espacios Juveniles de Participación prioricen servicios gratuitos orientados a fortalecer las capacidades juveniles. Entre sus objetivos se encuentran:
La ejecución del tercer período de ‘Jóvenes en acción’ estará a cargo del:
El Ministerio de Economía y Finanzas asignará los recursos necesarios para financiar el programa.
El Decreto Ejecutivo N.º 435 entró en vigencia desde su firma, sin perjuicio de su posterior publicación en el Registro Oficial.