Fecha de publicación:
Fecha de modificación:
La Corte Constitucional admitió que la propuesta del presidente Daniel Noboa para que la Asamblea desginde autoridades, en lugar del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs), se trate vía enmienda; otras tres propuestas del Ejecutivo no pasan vía enmienda.
El pasado 9 de septiembre, el presidente Daniel Noboa remitió a la Corte Constitucional cuatro propuestas de cambios a la Constitución.
Con el dictamen 9-25-RC/26, del 22 de enero, la Corte aceptó que el cambio para que la Asamblea designe autoridades, en lugar del Cpccs como es actualmente, proceda vía enmienda constitucional.
La pregunta de Daniel Noboa era:
¿Está usted de acuerdo con eliminar la facultad de designar autoridades que tiene el CPCCS e implementar procesos públicos que garanticen la participación ciudadana, meritocracia y escrutinio público, de modo que sea la Asamblea Nacional la que designe a través de estos procesos a las autoridades que actualmente elige el CPCCS enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo de la pregunta?
La Corte Constitucional señaló que esta propuesta no restringe derechos y no altera la estructura de la Constitución ni del Estado.
Sostuvo que el Cpccs no tiene como función esencial la desginación de autoridades.
“En vista de que la propuesta no altera la estructura fundamental de la Constitución ni el carácter y los elementos constitutivos del Estado y tampoco supone una restricción de derechos o garantías constitucionales, la Corte Constitucional determina que puede ser tramitada a través de la vía de enmienda”, señaló.
Más noticias: Corte Constitucional emite dictamen favorable para convocatoria a Asamblea Constituyente
La Corte Constitucional dispuso iniciar el control previo de constitucionalidad a los considerandos.
Una vez concluido el proceso en la Corte Constitucional, la Asamblea puede iniciar el trámite de esta enmienda en dos debates, con un año de distancia.
La apobación requiere de las dos terceras partes de la Asamblea, es decir, 101 votos.