Corte Constitucional absolvió consulta sobre sumario administrativo contra Verónica Abad

La Corte Constitucional analizó todos los artículos del sumario administrativo que suspendió de la funciones de Vicepresidenta a Verónica Abad.

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El Pleno de la Corte Constitucional (CC) absolvió la consulta sobre la constitucionalidad del sumario administrativo con el que el Ministerio de Trabajo le suspendió de las funciones de Vicepresidenta a Verónica Abad.

La decisión del Pleno de la Corte Constitucional tuvo tres votos salvados.

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La resolución de la Corte Constitucional sobre el sumario administrativo contra Verónica Abad

En sesión ordinaria de 9 de enero de 2025, la Corte Constitucional del Ecuador resolvió absolver la consulta de norma presentada por la Sala Especializada Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha.

La Sala en mención presentó la consulta dentro del proceso de acción de protección 17282-2024-01862.

Verónica Abad, vicepresidenta de la República, inició este proceso en contra del Ministerio del Trabajo por el sumario administrativo que la sancionaba.

La CC determinó que el procedimiento de sumario administrativo en contra de un funcionario de elección popular de la Función Ejecutiva para suspenderlo o destituirlo es incompatible con el derecho al debido proceso en la garantía de ser juzgado por una autoridad competente.

Argumentos de la Corte Constitucional

Estos fueron los argumentos de la Corte Constitucional sobre el sumario administrativo en contra de Verónica Abad.

  1. Incompatible con el artículo 145, en conexión con el artículo 149, de la Constitución que establece causales taxativas de cesación de funciones y de destitución de la o el presidente y vicepresidente de la República y entre las cuales no se incluye a los procedimientos sumarios administrativos.
  2. Incompatible con el artículo 146, en conexión con el artículo 150, de la Constitución que establece causales taxativas de ausencia temporal de la o el presidente y vicepresidente de la República y entre las cuales no se incluye a los procedimientos sumarios administrativos.
  3. Incompatible con el artículo 61 numeral 1 de la Constitución que reconoce el derecho a elegir y ser elegido, ya que las autoridades administrativas no tienen la competencia para limitar este derecho a través de inhabilitaciones, suspensiones o destituciones de funcionarios públicos de elección popular.

Decisión de la Corte Constitucional sobre sumario administrativo en contra de Verónica Abad

Por estar razones, la Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad del artículo 2 del Acuerdo Ministerial MDT-2024-175.

Además, emitió sentencia aditiva al referido artículo.

Esto, con el fin de excluir del ámbito de aplicación del Acuerdo Ministerial MDT-2024-175 a los funcionarios públicos de elección popular.

Con la respuesta de la CC, la Sala que hizo la consulta deberá continuar con el trámite de la causa.

La mayoría del Pleno de la Corte adoptó la decisión.

Los votos salvados fueron de las juezas Carmen Corral Ponce, Teresa Nuques Martínez y del juez Enrique Herrería Bonnet.