Los jueces de la Corte Constitucional (CC) tienen a su favor un blindaje legal. A diferencia de cualquier funcionario público o ciudadano, su tribunal juzgador está conformado por 21 personas.
Ellos son los miembros de la Corte Nacional de Justicia, los únicos que, según la Constitución vigente, pudieran sentenciar a los miembros de la CC en caso de que cometieran un delito. El artículo 431 de la Carta Magna establece esa regla. Específicamente, señala: “Sin perjuicio de la responsabilidad civil, en caso de responsabilidad penal únicamente serán acusados por la Fiscal General de la Nación y juzgados por el pleno de la Corte Nacional de Justicia, para cuyo efecto se requerirá el voto conforme de las dos terceras partes de sus integrantes”.Es decir debe contar obligatoriamente con 13 votos de los 21 miembros de la Corte Nacional. Para el fiscal, Washington Pesántez, esta norma es sorprendente porque será una tarea complicada contar en ese respaldo en el tribunal. “Esas son las reglas y hay que respetar la Constitución”.
La Fiscalía emprendió una instrucción penal contra seis jueces constitucionales por supuesto prevaricato en su fallo que avaló la amnistía a Floresmilo Villalta. La acusación es contra Patricio Pazmiño (presidente), Édgar Zárate (vicepresidente), Patricio Herrera y Hernando Morales (jueces titulares), y Luis Jaramillo y Fabián Sancho (jueces suplentes).La instrucción es la primera etapa de un proceso penal. Ahora, Pesántez tendrá 90 días para emitir un dictamen y pedir a la Corte Nacional que autorice el juicio. En esa etapa el proceso se puede estancar y de eso está consciente el Fiscal de la Nación.
Los seis jueces investigados, además de asegurar que no cometieron prevaricato, apuestan a declarar la nulidad del caso, porque “no pueden ser juzgados penalmente por sus fallos”.
Esa tesis abandera el presidente de la CC, Patricio Pazmiño. Él sostiene que las opiniones, actos o resoluciones no pueden ser imputables como un delito. Su criterio se basa en el artículo 186 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales del 2009, el cual le entrega esa inmunidad penal.
El ex juez de la Corte Nacional de Justicia, Fernando Casares, asegura que esta norma es absurda y se contradice con la Constitución vigente. “La Carta Suprema asegura que los funcionarios públicos tienen responsabilidad penal por sus actos… Los jueces hemos sido responsables penalmente de nuestros fallos; si no imagínese las consecuencias…”.El asambleísta Galo Lara, quien ha encabezado la denuncia contra los miembros de la Corte Constitucional, asegura que los jueces deberían ser indagados por todas las denuncias que se han presentado en su contra. “Esa ley genera la impunidad y sobretodo porque los propios miembros de la Corte Constitucional emitieron más normas en el reglamente para protegerse”.
En los últimos tres meses varios fallos de la Corte Constitucional han sido cuestionados. Los ejemplos son: la suspensión de las revocatorias de mandato, el aval que entregaron a la consulta popular y el tratamiento que tuvo en litigio de la Cervecería Nacional y un grupo de sus ex empleados.
Justamente, ese proceso ha desencadenado otra investigación en la Fiscalía General. En este caso aún no existen sospechas en contra de los miembros del organismo constitucional. Hasta el momento, ellos han acudido a presentar sus versiones sobre el trámite de ese proceso. A la par, la Contraloría emprendió una auditoría de los bienes de todo el personal de la Corte Constitucional. Ellos deberán entregar sus declaraciones patrimoniales personales y las de sus familiares hasta cuarto grado de consaguinidad y segundo de afinidad.