El Consejo Nacional Electoral (CNE) definió 287 534 miembros de las juntas receptoras del voto para las elecciones 2025.
La notificación a las personas definidas empezó el 18 de noviembre de 2024 y este 2 de diciembre se iniciarán las capacitaciones obligatorias.
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Elecciones 2025 y los miembros de las juntas
Del total de las personas designadas para las juntas, 284 319 corresponden a quienes están en Ecuador y 3 215, en el exterior.
Las capacitaciones son un paso obligatorio para los miembros de las juntas receptoras del voto. Estas son presenciales. El CNE indicó que se habilitarán puntos en cada provincia. Se incluyen universidades.
La formación a los miembros de las juntas receptoras del voto se extenderán hasta el 9 de febrero, cuando se desarrollarán las votaciones generales.
Los ecuatorianos elegirán a la dupla presidencial, 151 asambleístas y a cinco parlamentarios andinos.
Los ejes de la capacitación para las juntas
Estas se centrarán en contenidos para la instalación de la junta, la votación como tal, el escrutinio y el embalaje y retorno del material electoral.
La primera fase comprende la llegada de los integrantes, así como recibir y abrir el paquete electoral. Se suma la tarea de ordenar y firmar las actas de instalación.
Durante el sufragio, los participantes deberán verificar las firmas y entregar el certificado de votación.
En la etapa de escrutinio habrá la presencia de observadores políticos. Los miembros de las juntas deberán verificar que el número de papeletas coincida con el número de firmas en el padrón electoral.
También aprenderán cómo enviar los resultados a través de un escáner al sistema del CNE desde el centro de digitalización de actas.
El último paso es la colocación de las papeletas en sobres para el retorno al Centro de Procesamiento Electoral.
Sitios habilitados para las capacitaciones
El CNE informó sobre los puntos definidos, al menos, hasta este viernes, 29 de noviembre de 2024. La ciudadanía puede conocer los lugares a través de este link.
En Pichincha, por ejemplo, uno de los sitios es el Instituto Nacional Mejía, así como la Unidad Educativa Consejo Provincial.
En Guayas, en cambio, entre los lugares están las universidades Estatal de Guayaquil, Salesiana, Agragaria del Ecuador, entre otros puntos.
Para este 2 de diciembre, entre los horarios previstos para las instrucciones está la jornada de 09:00 a 15:00. También, de 10:00 a 13:00. Las jornadas son solo de un día.
Obligaciones de los miembros de las juntas
Las personas seleccionadas, que en su mayoría corresponden a estudiantes universitarios, tienen obligaciones específicas.
- Levantar las actas de instalación y de escrutinios. Se suma entregar al elector las papeletas y el certificado de votación.
- Efectuar los escrutinios, una vez concluido el sufragio
- Remitir a la Junta Provincial Electoral y a la Junta Especial del Exterior las urnas, paquetes y sobres que contenga el acta de instalación y la primera de escrutinios, con la protección de la fuerza pública.
- Entregar al coordinador electoral el segundo ejemplar del acta de escrutinio de cada dignidad, en sobres debidamente sellados y firmados por el Presidente y Secretario.
- Fijar el tercer ejemplar del acta de escrutinios en un lugar visible donde funcionó la Junta Receptora del Voto.
- Cuidar que las actas de instalación y de escrutinios lleven las firmas del Presidente y del Secretario, así como los sobres que contengan dichas actas y los paquetes de los votos válidos, blancos y nulos.
- Entregar copia del acta de los resúmenes de resultados a las organizaciones políticas y a las candidatas y candidatos que lo solicitaren o a sus delegados debidamente acreditados.
- Impedir que el día de las elecciones se haga propaganda electoral o proselitismo político en el recinto del sufragio
- Vigilar que el acto electoral se realice con normalidad y orden.
- Facilitar la tarea de los observadores acreditados oficialmente.
- Participar, de manera obligatoria, en las actividades de capacitación programadas por el CNE y sus delegaciones electorales.
Los incumplimientos conllevan sanciones
Abandonar sin justificación, la junta electoral tiene una multa va desde 11 salarios básicos unificados hasta 20.
Se puede generar la destitución y/o suspensión de derechos de participación desde seis meses hasta dos años.
Además, las personas que contribuyan a negar el voto de un elector facultado para hacerlo, o que acepten el voto de una persona impedida legalmente para sufragar, tendrán una sanción de tres remuneraciones.
De no acudir a las juntas, en cambio, la multa equivalente al 15% de una remuneración mensual básica unificada.
Para quienes no se capaciten, el monto a pagar asciende a 10% del salario básico, salvo las excepciones establecidas en el Código de la Democracia, y en los reglamentos emitidos por el órgano electoral.