Candidaturas pasan a revisión para elecciones anticipadas en Ecuador

Los delegados de las organizaciones políticas acudieron a un consejo consultivo con el CNE el 23 de mayo de 2023. Foto: Julio Estrella / EL COMERCIO

El listado oficial de candidaturas para las elecciones presidenciales y legislativas anticipadas se conocerá en 53 días. El Consejo Nacional Electoral (CNE) verificará el cumplimiento de requisitos y dará paso a impugnaciones, una vez que terminó la inscripción, a la medianoche del martes 13 de junio de 2023.

Según el organismo, la fase de inscripciones cerró con cerca de 1 200 candidatos. En su mayoría, buscan ocupar las 137 curules de la Asamblea Nacional. Mientras, ocho binomios presidenciales quieren el sillón del Palacio de Carondelet.

El listado definitivo se conocerá el domingo 6 de agosto del 2023, de acuerdo con el calendario del CNE. Es un proceso que no tiene precedentes por la aplicación de la figura de la muerte cruzada, con la cual el presidente Guillermo Lasso disolvió el Parlamento y convocó a elecciones anticipadas, el 17 de mayo pasado.

Los plazos

En este lapso, las autoridades electorales procederán a verificar que los candidatos presidenciales y a asambleístas cumplan los requisitos, que incluye la presentación del plan de gobierno en el primer caso. Además se da paso a la recepción de objeciones e impugnaciones a las candidaturas de cada organización política.

Los partidos y movimientos políticos son los únicos que pueden objetar a los postulantes.

En el caso de binomio presidencial y candidatos a asambleístas nacionales, las organizaciones políticas tienen 48 horas para objetarlos. El plazo corre luego de la notificación del CNE.

Otras 72 horas corren entre el aviso de la objeción al candidato y su respuesta. Posteriormente, el CNE tendrá dos días para resolver.

Si el candidato u organización política queda inconforme con la decisión, dispone de 3 días para apelar ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE). En este escenario, el CNE tiene 3 días para enviar el expediente a los jueces electorales, quienes tienen 15 días para resolver.

Si una candidatura es descalificada, el reglamento contempla un nuevo plazo para que la organización política realice primarias, designe un candidato y, otra vez, enfrente una fase de objeción e impugnación.

Para el cargo de Jefe de Estado, el artículo 142 de la Constitución dispone estos requisitos:

  • El Presidente de la República debe ser ecuatoriano por nacimiento.
  • Haber cumplido 35 años de edad a la fecha de inscripción de su candidatura.
  • Estar en goce de los derechos políticos, y
  • No encontrarse incurso en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones establecidas en la Constitución.

En cambio, para ser asambleísta son estos:

  • Tener nacionalidad ecuatoriana.
  • Haber cumplido 18 años de edad al momento de inscribir la candidatura y
  • Estar en goce de los derechos políticos.

¿Qué impedimentos tienen los candidatos?

En cualquier caso, para un cargo de elección popular la Norma suprema ordena ocho impedimentos:

  1. Contratos con el Estado.
  2. Sentencia condenatoria ejecutoriada por delitos sancionados con reclusión, o por cohecho, enriquecimiento ilícito o peculado.
  3. Adeudar pensiones alimenticias.
  4. Ostentar cargos en la Función Electoral, Corte Constitucional o Función Judicial, salvo que hayan renunciado a sus funciones seis meses antes de la fecha señalada para la elección.
  5. Miembros del servicio exterior.
  6. Servidores públicos en ejercicio.
  7. Quienes hayan ejercido autoridad ejecutiva en gobiernos de facto.
  8. Policías y militares en servicio activo.

Elecciones con paridad de género

En la fase de primarias, el CNE también verificó que las listas cumplan con la paridad de género, algo que por primera vez se aplica en el caso de binomios presidenciales.

En cuanto a las candidaturas provinciales, los sujetos políticos ya están habilitados para impugnar candidaturas en la Junta Provincial Electoral. Es un proceso más largo porque las apelaciones pueden llegar al CNE o, incluso, hasta el Tribunal Contencioso Electoral.

En el último consejo consultivo, las organizaciones políticas se comprometieron a no incidentar esta etapa con impugnaciones para que la campaña electoral pueda empezar antes. La actividad proselitista está prevista del 8 al 17 de agosto. A diferencia de otras elecciones, este proceso tiene plazos ajustados.


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