Así se podría retirar al Cpccs la facultad de designar autoridades en Ecuador

Aval de la Corte abre vía para que ciudadanos decidan sobre funciones del Cpccs en Ecuador.

Las llamas envolvieron el sistema de bombeo de crudo de la estación número 10 de Petroecuador. Foto: Cuenta X de Radiogovea

La propuesta del presidente Daniel Noboa para retirar al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) la facultad de designar autoridades avanzó un paso clave el 31 de marzo de 2026. La Corte Constitucional emitió un dictamen favorable que permite continuar con el trámite, pero el cambio aún debe cumplir varias etapas antes de concretarse.

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El Dictamen 9-25-RC/26A validó la constitucionalidad de la pregunta y sus considerandos, al determinar que cumplen criterios de claridad, coherencia y neutralidad.

Este pronunciamiento forma parte del control previo obligatorio en reformas vía enmienda. Sin embargo, no implica la eliminación inmediata de la atribución del Cpccs.

La enmienda constitucional es el mecanismo

La reforma se tramita mediante una enmienda constitucional, que permite modificar artículos sin alterar la estructura del Estado. Este mecanismo requiere obligatoriamente la aprobación ciudadana en referendo.

La Corte concluyó que trasladar la designación de autoridades a la Asamblea Nacional del Ecuador no modifica los elementos fundamentales del Estado ni afecta derechos de participación.

Antes del referendo hay pasos pendientes

Tras el dictamen, la Corte dispuso una corrección formal en el texto de la propuesta. Una vez cumplido este ajuste, el Ejecutivo podrá emitir el decreto de convocatoria a referendo.

Con ese decreto, el proceso pasará al Consejo Nacional Electoral, que organizará la consulta en la que la ciudadanía decidirá si aprueba o no el cambio.

El cambio solo se concreta con el voto ciudadano

La eliminación de la facultad del Cpccs no entra en vigencia automáticamente. Solo se aplicará si la mayoría de los votantes respalda la enmienda en las urnas.

La propuesta plantea que la Asamblea asuma la designación de autoridades como la Fiscalía, Contraloría, Defensoría del Pueblo, organismos electorales y el Consejo de la Judicatura, mediante procesos con participación ciudadana y evaluación de méritos.

La Corte Constitucional cumple el control previo del proceso

Con este dictamen, la Corte Constitucional cerró la fase de control previo sobre la pregunta, requisito indispensable antes de cualquier convocatoria a referéndum.

El proceso ahora depende de la decisión del Ejecutivo de convocar a la consulta popular y del pronunciamiento final de la ciudadanía.

Información extra: Consejo de Participación Ciudadana y Control Social

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