La Policía Nacional realizó, en coordinación con la Fiscalía Nacional del Estado, un operativo durante la madrugada de este jueves 17 de octubre de 2024.
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Allanamientos en Quito
Los uniformados ejecutaron varios allanamientos en inmuebles en la ciudad de Quito, en el marco de una investigación por presunta concusión.
En el cometimiento de este presunto delito estarían involucrados agentes metropolitanos de tránsito.
223 servidores policiales, más personal de la Fiscalía participaron en la puesta en marcha de este operativo en Quito.
Los policías pudieron recoger algunas evidencias como:
- Dinero en efectivo
- Celulares
- Computadoras
- Matrículas y licencias de conducir
- Uniformes de uso policial, entre otras
Estos indicios pasarán a cadena de custodia y posteriormente serán presentados como pruebas en los procesos legales que se establezcan.
Siete agentes detenidos
En este operativo, siete agentes de tránsito fueron detenidos para una investigación por, presuntamente, haber exigido dinero a cambio de no sancionar infracciones, como la medida del pico y placa.
Según información de Quito Informa, otras dos personas fueron detenidas con fines investigativos.
Desde el Municipio, se lucha contra la corrupción y se colaborará en este proceso investigativo.
¿Qué es el delito de concusión?
La concusión es un término legal que se refiere a cuando un funcionario público en uso de su cargo, exige o hace pagar a una persona una contribución, o también al cobrar más de lo que le corresponde por las funciones que realiza.
Este delito puede presentar agravantes si se emplea intimidación o si se invoca que son órdenes de un funcionario de mayor jerarquía, y esta exacción es en provecho propio.
Este delito está tipificado en el Código Integral Penal: Art. 281.- Concusión.- Las o los servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal en alguna de las instituciones del Estado, determinadas en la Constitución de la República, sus agentes o dependientes oficiales que abusando de su cargo o funciones, por sí o por medio de terceros, ordenen o exijan la entrega de derechos, cuotas, contribuciones, rentas, intereses, sueldos o gratificaciones no debidas, serán sancionados con pena privativa de libertad de tres a cinco años. Si la conducta prevista en el inciso anterior se realiza mediante violencias o amenazas, la o el servidor público, será sancionado con pena privativa de libertad de cinco a siete años. Tomado del COIP (2014).