Sobreprecio en las obras de mantenimiento realizadas en el Sistema de Oleoducto Transecuatoriano (SOTE), contratadas por Petroecuador.
Los costos pagados en exceso generaron un perjuicio a la empresa pública de USD 4,7 millones. Lo informó la Contraloría General del Estado este 17 de febrero de 2023.
El organismo de control explicó que la compañía contratada para hacer el cambio de recubrimiento de la tubería cobró a Petroecuador un 290% más por los insumos utilizados.
El SOTE transporta crudo desde la Amazonía ecuatoriana hasta la terminal de Balao, en Esmeraldas. Tiene 497 kilómetros y una capacidad para bombear hasta 360 000 barriles por día.
Glosas del sobreprecio
El organismo de control emitió dos glosas sobre el sobreprecio. Confirma responsabilidades civiles por USD 4,7 millones para personal de Petroecuador que trabajó en la petrolera desde 2016 hasta 2021. La misma decisión es para la compañía contratada.
Según la Contraloría, auditoría identificó una diferencia no justificada del 290% entre los precios que constan en la declaración aduanera de importación de cintas de recubrimiento y pegamento adhesivo, y los costos que la contratista ofertó a Petroecuador. Esos resultados salieron en un examen especial, aprobado en diciembre de 2021.
Esta diferencia ocasionó un perjuicio al Estado por USD 4 606 492. Por este monto la Contraloría emitió una primera glosa.
Las anomalías, según el organismo de control, ocurrieron porque, durante la ejecución del contrato, Petroecuador aprobó que la contratista utilice insumos más baratos, de marca y procedencia distintas a las establecidas en las especificaciones técnicas.
“Además, al elaborar el presupuesto referencial del proceso de régimen especial, no se respaldó documentalmente la metodología empleada para el cálculo de los precios de los materiales y en los términos de referencia no se precisaron las características técnicas de los insumos”, indica la CGE.
Una segunda glosa
La segunda glosa, por USD 147 893, se confirmó por pagos injustificados. La responsabilidad civil corresponde a la diferencia entre los desembolsos realizados por Petroecuador y los precios que el contratista pagó a sus proveedores por los rubros limpieza de tubería y cama de arena.
Esto ocurrió porque, previo a la aprobación de planillas, los fiscalizadores y administradores del contrato no verificaron las cantidades efectivamente ejecutadas de esos trabajos.
Las responsabilidades civiles solidarias se determinaron en contra de los administradores del contrato, fiscalizadores, miembros de la comisión técnica que recomendó la adjudicación y la empresa contratista.
El proceso continúa
Una vez que la Contraloría notifique a los involucrados sobre estos resultados, según la normativa vigente, las personas naturales y jurídicas responsabilizadas tienen el derecho de interponer un recurso de revisión en sede administrativa, ante la Contraloría General del Estado, o en los tribunales de lo Contencioso Administrativo.
Más noticias