La aplicación de la salvaguardia por balanza de pagos no afectará el proceso de firma y aprobación del acuerdo comercial de Ecuador con la Unión Europea (UE). Así lo aseguró el ministro de Industrias, Ramiro González.
El Presidente de la República anunció hace un mes que aplicará, a fines de febrero, una medida general para enfrentar el impacto en la economía por la caída del precio del petróleo y la apreciación del dólar.
La medida, dijo González, es de carácter general y no tiene excepciones. Por lo tanto, la tarifa adicional aplicará para todos los países, incluida la Unión Europea, con la cual Ecuador cerró la negociación de un tratado comercial en julio pasado.
Genaro Baldeón, viceministro de Comercio Exterior, señaló hace dos semanas, en un evento en Ambato, que “el propio acuerdo comercial prevé expresamente que los países se reservan el derecho de aplicar las normas multilaterales de comercio”.
La nueva medida, además, no se contrapone con la Resolución 42 del Comité de Comercio Exterior (Comex), vigente desde el 29 de diciembre del 2014.
En ella se estableció que desde esa fecha en adelante no se introducirán nuevos derechos arancelarios, restricciones cuantitativas o regulaciones que afecten a las importaciones de la UE.
El artículo 1 de la Resolución excluye de esta flexibilización a cualquier medida adoptada en el marco de las normas de la Organización Mundial de Comercio.
La salvaguardia por balanza de pagos es un mecanismo sustentado en esas regulaciones, por lo que pudiera aplicarse en el caso actual.
Este instrumento implica una tarifa adicional a los aranceles ya vigentes, como ya sucedió en el 2009, cuando se puso en marcha una medida similar. Producto de aquello, por ejemplo, los confites, que un año antes pagaban el 20% de aranceles, pasaron a cancelar el 50% .
Daniel Legarda, vicepresidente de la Federación Ecuatoriana de Exportadores (Fedexpor), indicó que en el caso de los productos de la UE se cobrará una tarifa extra, como al resto de países. Sin embargo, hay que tomar en cuenta la resolución 42.
Las modificaciones arancelarias, fijación de cupos, entre otras medidas similares que se establezcan posterior a la emisión de la Resolución 42 del Comex, dijo Legarda, no aplican para las compras a la UE.
Desde Alemania, por ejemplo, se importan máquinas contadoras de dinero que, hasta el año pasado, no pagaban arancel. A partir del pasado 12 de enero se estableció un arancel general del 5%, que no se aplica, según el directivo, a los miembros de la UE.
Todos los países, excepto los de Europa, pagarán el arancel más la salvaguardia. Cuando los aranceles de ciertos productos hayan sido modificados, posterior al 29 de diciembre, se cancelará la tarifa adicional más este nuevo valor. Sin embargo, los productos de los países de la UE no serán impactados por la modificación y al aplicarse la medida general se pagará el porcentaje de la salvaguardia más el arancel vigente hasta el 2014.
Es así que en el ejemplo citado, las máquinas de contar dinero, si la salvaguardia se fijará en 10%, tendrían que pagar 15% de aranceles, mientras que las naciones de la UE pagarán solo 10% porque se cancela la tarifa extra más el arancel del año pasado, que en este caso era cero.
En otro caso, digamos que un producto tenía hasta el año pasado un arancel del 5% y con la reforma pasó a tener 10%. Cuando se aplique la salvaguardia todos los países pagarán ese último valor más la tarifa extra que, por ejemplo, podría fijarse en 10%. En ese caso el valor a pagar para la importación será de 20%. Sin embargo, los países de la UE pagarían solo el 15%, ya que no aplicaría la modificación arancelaria hecha este año, sino que regirían los valores del 2014.
Europa, dijo Legarda, pidió que no se aumenten los aranceles regulares y que se queden en un solo nivel. “Sí se ha cumplido porque ahora, incluso, hay un certificado de origen que se pide a los bienes europeos con el fin que no se apliquen las reformas”.
El Comex publicó ayer en su página web una Resolución adoptada el pasado 3 de febrero. Ahí se establece que para determinar que los productos vienen de ese bloque los importadores deberán presentar dicho certificado.
Esto se aplicará hasta que termine la vigencia de la Resolución 42, es decir, hasta que rija el protocolo de adhesión al acuerdo con la UE o hasta el 31 de diciembre del 2016, lo que ocurra primero.
El proceso de legalización del acuerdo sigue su curso. Actualmente, el documento se está traduciendo a los idiomas de la UE y para mediados de año se espera que se dé la rúbrica. Tras ese paso el texto deberá ser ratificado en los legislativos del país y del bloque regional.
Este Diario intentó ayer comunicarse por teléfono con el delegado de la UE en Ecuador, Peter Schwaiger, para conocer su posición con relación al proceso y la aplicación de la salvaguardia, pero no obtuvo un respuesta.
Durante la aplicación de otras medidas de control de importación sí se han presentado quejas desde la UE. Mientras, los empresarios del país comprenden que puede haber observaciones, pero que en materia legal la medida no afecta al acuerdo.