¿Renunciaste? Esta liquidación deben pagarte en Ecuador

Renuncia, liquidación y vacaciones generan dudas en Ecuador. Esto debe recibir un trabajador al dejar su empleo

Cristian 'Kily' González, nuevo entrenador del Inter Miami de Lionel Messi y Fricio Caicedo.

Dejar voluntariamente un empleo no significa perder los derechos económicos generados durante la relación laboral. En Ecuador, un trabajador cuya renuncia es aceptada puede recibir una liquidación que incluya décimos, vacaciones, remuneraciones pendientes y otros rubros, según cada caso.

Sin embargo, entregar una carta de renuncia no necesariamente termina por sí sola el vínculo laboral. Vannessa Velásquez, abogada experta en materia laboral, explica que la denominada “renuncia” se ha normalizado en Ecuador, aunque no consta como tal entre las formas de terminación establecidas en el artículo 169 del Código del Trabajo.

Renuncia y liquidación en Ecuador tienen reglas para el trabajador

Velásquez explica que cuando el trabajador entrega su renuncia y el empleador la acepta se configura una terminación por acuerdo de las partes, contemplada en el numeral 2 del artículo 169.

“Esa carta de renuncia, por sí sola, porque existe o porque fue entregada, no termina la relación laboral”, señala.

La diferencia entre entregar y obtener la aceptación de la renuncia es relevante. Si una persona deja de asistir sin que se haya concretado la terminación y mantiene responsabilidades pendientes, podría exponerse a un procedimiento de visto bueno por abandono, dependiendo de las circunstancias.

Por eso, la especialista recomienda contar con respaldo de la aceptación y no asumir que la simple recepción de la carta significa que la relación laboral terminó.

¿Qué deben pagarte cuando renuncias?

Una vez finalizada la relación laboral, deben calcularse los valores generados y pendientes. Velásquez señala que pueden incluir el proporcional de la décima tercera remuneración, cuando no fue mensualizada, y de la décima cuarta remuneración, según corresponda.

También deben revisarse las vacaciones acumuladas, pendientes o proporcionales. El Código del Trabajo reconoce 15 días ininterrumpidos de vacaciones por cada año de servicio.

Mary Carmen Ruiz, analista de Talento Humano, explica que antes de salir de una empresa el trabajador debe revisar si mantiene vacaciones, décimos, comisiones u otros valores pendientes. También recomienda conservar la documentación de la terminación laboral y revisar detalladamente los rubros incluidos en el acta de finiquito.

La liquidación puede incorporar, además, salarios pendientes, horas extraordinarias o suplementarias, bonos y beneficios derivados de contratos colectivos, cuando correspondan.

¿Corresponde el 25% por cada año trabajado?

El artículo 185 del Código del Trabajo establece una bonificación equivalente al 25% de la última remuneración mensual por cada año de servicio en caso de desahucio. La misma bonificación se reconoce cuando la relación laboral termina por acuerdo entre las partes.

“El rubro que se tiene por disposición legal es el pago del desahucio, que es del 25 % de la remuneración por año cumplido de trabajo”, explica Velásquez.

Por ejemplo, con una última remuneración de 800 dólares y cinco años completos de servicio, el cálculo sería de 200 dólares por cada año. La bonificación alcanzaría 1 000 dólares, sin considerar los demás componentes de la liquidación.

Este rubro no debe confundirse con la indemnización por despido intempestivo, que responde a otra modalidad de terminación laboral.

El empleador tiene 15 días para registrar el finiquito

El Acuerdo Ministerial MDT-2025-053 establece que el registro del acta de finiquito debe realizarse en un plazo máximo de 15 días contados desde la terminación de la relación laboral. El documento debe estar suscrito y acompañado del comprobante de pago.

“El empleador tiene 15 días para pagar, suscribir las actas y legalizarlas en el sistema”, señala Velásquez.

Desde Talento Humano, Ruiz destaca la importancia de que el extrabajador compruebe que el finiquito detalle correctamente los valores generados durante su permanencia en la empresa y conserve los respaldos del proceso.

¿Qué hacer si no pagan la liquidación?

Cuando no existe acuerdo o el empleador no cancela la liquidación, el extrabajador puede presentar una denuncia ante la Dirección Regional de Trabajo y Servicio Público o la delegación provincial competente. El trámite puede derivar en una audiencia ante un inspector de Trabajo.

Velásquez explica que también puede generarse una boleta de notificación para que el empleador comparezca y justifique la falta de pago.

Ruiz recomienda que, antes de finalizar el proceso, el trabajador contraste su tiempo de servicio, vacaciones, décimos y demás valores pendientes con lo registrado en el finiquito. La carta de renuncia es solo una parte del proceso: la forma en que termina la relación laboral y los derechos generados durante ella determinan cuánto debe recibir el extrabajador.


Preguntas frecuentes sobre renuncia y liquidación laboral en Ecuador:

❓ ¿Renunciar significa perder la liquidación?

No. El trabajador conserva los derechos económicos generados durante la relación laboral.
La liquidación puede incluir décimos pendientes, vacaciones acumuladas o proporcionales, salarios, horas extra, comisiones, bonos y otros valores que correspondan según el caso.

❓ ¿Entregar una carta de renuncia termina automáticamente la relación laboral?

No necesariamente.
Vannessa Velásquez explica que la renuncia, como tal, no consta entre las formas de terminación del artículo 169 del Código del Trabajo. Cuando el empleador acepta la salida, puede configurarse una terminación por acuerdo de las partes. Por eso, conviene contar con respaldo de esa aceptación.

❓ ¿Qué pasa con las vacaciones y los décimos al renunciar?

Deben incluirse en la liquidación si están pendientes.
El trabajador puede recibir el proporcional de la décima tercera y décima cuarta remuneración, cuando corresponda, además de vacaciones acumuladas, pendientes o proporcionales. El Código del Trabajo reconoce 15 días ininterrumpidos de vacaciones por cada año de servicio.

❓ ¿Corresponde recibir el 25 % por cada año trabajado?

Sí, cuando la terminación encaja en los supuestos previstos para la bonificación por desahucio.
El artículo 185 establece una bonificación equivalente al 25 % de la última remuneración mensual por cada año de servicio. Por ejemplo, con un sueldo de 800 dólares y cinco años completos, el valor sería de 1 000 dólares, aparte de los demás rubros de la liquidación.

❓ ¿Qué hacer si el empleador no paga la liquidación?

El extrabajador puede acudir al Ministerio del Trabajo.
Puede presentar una denuncia ante la Dirección Regional de Trabajo o la delegación provincial correspondiente. El trámite puede derivar en una audiencia ante un inspector y en una boleta de notificación al empleador. Además, el acta de finiquito debe registrarse dentro de los 15 días posteriores a la terminación de la relación laboral.


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