El afiliado al IESS debe cumplir actualmente ciertos requisitos para acceder a su seguro de cesantía. Foto: Archivo/ EL COMERCIO
Los afiliados al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) cuentan, actualmente, con un colchón financiero que pueden usar si pierden su trabajo. Es la llamada cesantía.
La forma en que se accede a estos recursos podría cambiar con el proyecto de Ley de Optimización de la Jornada Laboral y Seguro de Desempleo. La reforma sustituye la cesantía por el seguro de desempleo para cubrir al afiliado del IESS, si pierde su empleo.
Hoy, un 3% del aporte a la seguridad social es para cesantía. Ese dinero va a una cuenta individual del afiliado, quien puede echar mano de ese ahorro cuando pierde su empleo o cuando se jubile. La reforma plantea que, en adelante, un 2% vaya a la cuenta de ahorro del afiliado y el 1% a un fondo solidario para financiar el seguro de desempleo.
Para el exvocal al Biess, Omar Serrano, esto significará una merma de un tercio del ahorro futuro de cesantía de los afiliados, pero cree que la reforma contempla la posibilidad de aplicar más de una vez al seguro de desempleo “y eso constituye un potencial beneficio que antes no había”.
Para el titular del Consejo Directivo del IESS, Richard Espinosa, el proyecto de ley maximiza el beneficio para el afiliado porque este percibirá un pago por cinco meses de entre el 70 y 50% de la remuneración que venía recibiendo el afiliado cuando estaba activo.
La norma actual frente al proyecto de ley
Cesantía
¿Qué es?
La cesantía consiste en la entrega de una suma de dinero al afiliado del IESS que se encuentra en el desempleo (por renuncia, despido, etc.). La persona puede cobrar el dinero luego de haber perdido su trabajo. También puede acumularlo para retirarlo al jubilarse. Se benefician quienes hayan laborado bajo relación de dependencia en los sectores público o privado.
Seguro de desempleo
¿Qué es?
El seguro de desempleo es un beneficio de los afiliados del IESS al que pueden acceder si pierden su trabajo. Consiste en la entrega de un monto, por cinco meses, de entre el 70% y 50% de la remuneración, según una tabla donde el porcentaje baja a medida que pasan los meses. Se benefician quienes hayan laborado bajo relación de dependencia en las áreas pública o privada.
Cesantía
¿Cómo se financia?
El aporte personal y el del empleador al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) es del 20,6% mensual de la remuneración del trabajador. De ese aporte, tres puntos se destinan al seguro de cesantía. El trabajador pone 2% y el patrono el 1%.Este dinero va a una cuenta individual de ahorro y pertenecen en su totalidad al trabajador.
Seguro de desempleo
¿Cómo se financia?
Se financia con el 3% -del 20,60% que se aporta a la seguridad social- que, actualmente, ya se destina a cesantía. La reforma plantea que, en adelante, solo un 2% vaya a la cuenta de ahorro del afiliado y el 1% (que ya no le pertenece) a un fondo solidario para financiar el seguro de desempleo. Lo ahorrado por el afiliado en cesantía, hasta antes de la Ley no se tocará.
Cesantía
¿Cómo cobrar la cesantía?
El afiliado debe acreditar, al menos, 24 aportaciones mensuales no simultáneas en el IESS. Debe encontrarse cesante por un período de 60 días, tener clave de afiliado, cuenta bancaria validada por el seguro y no tener un préstamo quirografario (la cesantía sirve como garantía). Si decide retirar estos recursos no se podrá solicitar este tipo de crédito.
Seguro de desempleo
¿Cuáles son los requisitos?
Para acceder al seguro las personas deberán registrar 24 aportaciones acumuladas a la seguridad social, de las cuales las seis anteriores a la pérdida del trabajo deben ser continuas. Puede empezar a cobrar el beneficio a partir del día 120. Para acceder al beneficio se debe presentar una solicitud. El Consejo Directivo del IESS podrá solicitar otros requisitos.
Cesantía
¿Qué detalles debe tomar en cuenta?
El afiliado podrá retirar sus fondos de cesantía cuantas veces se quede sin empleo, siempre que en cada oportunidad reúna los requisitos dispuestos por la ley . Otro beneficio que tienen las personas que están sin trabajo por dos meses o más es la devolución total e inmediata de los ahorros que tengan en su Fondo de Reserva.
Seguro de desempleo
¿Qué detalles tomar en cuenta?
Mientras la persona reciba el beneficio por seguro de desempleo no podrá acceder a ninguna de las contingencias que ofrece el seguro general del IESS. Si halla trabajo termina el pago del seguro de desempleo. Si los recursos de su cuenta individual no alcanzan para pagar el seguro de desempleo, el pago se financiará con recursos del fondo solidario.