Durante el feriado de Semana Santa, los consumidores en Ecuador podrán beneficiarse de una reducción del IVA en servicios turÃsticos. El presidente Daniel Noboa firmó el Decreto Ejecutivo 594 el 11 de abril de 2025. Esta medida baja el IVA del 15% al 8% del viernes 18 al domingo 20 de abril.
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El objetivo de la medida es dinamizar la economÃa nacional e incentivar el turismo interno. El Ministerio de Turismo solicitó la reducción y respaldó su implementación.
¿Qué servicios turÃsticos aplican?
La reducción se aplicará exclusivamente a los servicios definidos como turÃsticos en el artÃculo 5 de la Ley de Turismo. Esto incluye actividades como:
- Alojamiento
- Restaurantes, bares y entretenimiento
- Transporte turÃstico (incluidos pasajes aéreos)
- Guianza turÃstica
- Agencias de viaje
- Organización de eventos, ferias y congresos
- Centros de convenciones y banquetes
- Centros de turismo comunitario
- Parques temáticos y balnearios
Más de 29 830 establecimientos registrados podrán aplicar el IVA reducido. Todos estos negocios están incluidos en el catastro nacional, cuentan con Registro de Turismo y poseen la Licencia Única Anual de Funcionamiento.
¿Cómo identificar a los establecimientos con IVA reducido?
Los establecimientos deben emitir comprobantes de venta o facturas con la tarifa del 8% durante los tres dÃas del feriado. Los consumidores pueden solicitar la factura para verificar que se haya aplicado la reducción correctamente.
Si un establecimiento no cumple con las condiciones exigidas pero aplica la tarifa reducida, tendrá que pagar el IVA no cobrado. Además, deberá declarar, liquidar y asumir posibles intereses o multas.
¿Quién controla esta medida?
El Servicio de Rentas Internas (SRI) supervisará el cumplimiento del Decreto. Además, realizará controles para verificar que solo los negocios autorizados apliquen la tarifa del 8%.
Los consumidores también pueden actuar. Al exigir su factura, ayudan a transparentar el proceso y promueven el uso responsable del beneficio tributario.