Está previsto que este martes 18 de marzo de 2025, el Gobierno de Ecuador y los trabajadores de la Corporación Nacional de Electricidad (CNEL) realicen las segunda la mesa técnica para definir la devolución de 78,9 millones de dólares por beneficios del contrato colectivo, informó el Ministerio de Trabajo. La Corte Constitucional dispuso la recuperación de esos fondos en un plazo de 36 meses.
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Las reuniones entre trabajadores de CNEL y el Gobierno empezaron el 10 de marzo
En la primera reunión se realizó el 10 de marzo pasado. Allí se estableció la metodología de pagos y la conformación de la mesa técnica. Este equipo está liderado por un delegado de la Presidencia e integrado por CNEL, el Ministerio de Energía y el Comité de Empresa de la corporación.
Uno de los acuerdos establecidos en esta mesa de trabajo fue fijar un plazo para individualizar las liquidaciones y notificar a los trabajadores el monto que deben devolver. También se definió la categorización del régimen laboral de los empleados implicados en la sentencia, con el acompañamiento del Ministerio del Trabajo.
El secretario general del Comité de Empresa de CNEL, Richard Gómez, señaló que 1 100 de los 1 795 trabajadores involucrados son obreros amparados por el Código del Trabajo. Si se confirma su estatus, podrían recuperar los beneficios colectivos.
Varios trabajadores afectados informaron en redes sociales que dejaron de recibir tres beneficios del contrato colectivo: el subsidio por antigüedad, subsidio familiar (14,10 dólares por hijo menor de 18 años) y el de comisariato de 50 dólares.
Está previsto que en las mesas técnicas también se revise la ampliación del plazo de devolución de pagos indebidos, definir un plan de carrera y evaluar la tercerización de servicios, según Inés Manzano, ministra de Energía y Minas.
Corte determinó la devolución de los fondos
La Corte Constitucional determinó la devolución de los fondos el 14 de febrero de 2025 tras aceptar una acción extraordinaria de protección interpuesta por CNEL. La empresa pública impugnó sentencias previas que reconocían derechos colectivos a servidores públicos que, según el fallo, no debieron recibir esos pagos.
Este caso se originó cuando un juez de Los Ríos aceptó una acción de protección presentada por trabajadores de CNEL, encabezados por Richard Gómez. Esta acción permitió que servidores públicos recibieran beneficios exclusivos de trabajadores bajo el Código del Trabajo, explicó Vanessa Velásquez, experta en temas laborales.
Para la experta, el fallo marca un hito en el control de beneficios sindicales en empresas públicas. Además, la decisión sienta un precedente para evitar abusos en otras entidades estatales.
Por su parte, Gómez criticó esta sentencia de la Corte Constitucional, calificándola de inédita en sentido negativo. Señaló que la decisión afecta retroactivamente los derechos adquiridos de los trabajadores, obligándolos a devolver beneficios y perjudicando a sus familias.