Desde el 10 de noviembre de 2022, el Gobierno emitió algunas reformas a diversos reglamentos tributarios. Uno de ellos es el del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD), que tiene algunos cambios en las exenciones.
Este impuesto lo pagan todas las personas y empresas privadas, nacionales y extranjeras que realizan transferencias, envíos o traslados de divisas hacia el exterior. El actual Gobierno dispuso la reducción progresiva del tributo, que en este último trimestre de 2022 es del 4%, después de bajar 0,25% cada tres meses en este año.
El pago del impuesto tiene algunas exenciones, entre ellas están por estudios y manutención en el exterior. Así como por el tratamiento de enfermedades catastróficas en el extranjero.
Con las reformas, para aplicar a la exención, los contribuyentes deben presentar el formulario de Declaración Informativa de Transacciones Exentas ante la aduana, institución financiera o el courier, respectivamente.
Institución educativa debe constar en listado
En el caso de estudios en el exterior, la institución educativa debe constar en un listado aprobado por el Servicio de Rentas Internas (SRI). Si no consta, el estudiante puede solicitar la inclusión de dicha institución educativa al organismo competente y presentar la aprobación al courier, institución financiera o autoridad aduanera.
Los documentos de la institución educativa deben estar en español o tener traducción simple al español. Si el dinero es trasladado, el estudiante debe presentar el formulario de Declaración Informativa de Transacciones Exentas y el documento de la institución educativa, en donde se verifique la continuidad del estudio.
La exención del ISD solo aplica para traslado de divisas efectuado personalmente por el estudiante. El monto máximo de la exención es de hasta el 50% de una fracción básica gravada con tarifa cero de impuesto a la renta; es decir, USD 11 310.
Exoneración del ISD incluye gastos de manutención del núcleo familiar
Para el tratamiento de enfermedades catastróficas, raras o huérfanas en el exterior, el contribuyente debe presentar el certificado de la enfermedad avalado por la autoridad nacional de salud competente, como ya se lo hacía anteriormente.
La exoneración del ISD incluye la totalidad de los gastos por la propia enfermedad. Ahora también considera la manutención del paciente y su núcleo familiar, mientras dure la permanencia en el exterior.
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