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Contribuyentes con deudas pueden solicitar mediación

Las personas pueden consultar en la página web del SRI si tienen deudas pendientes. Foto: archivo / EL COMERCIO

Los contribuyentes que mantengan litigios tributarios con el Servicio de Rentas Internas (SRI) ya pueden acogerse a un procedimiento de mediación para solucionar sus conflictos legales. Así lo establece la Ley de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal, que entró en vigencia el pasado 29 de noviembre del 2021.

Según el Consejo de la Judicatura están en trámite 13 600 procesos tributarios bajo el Código Orgánico General de Procesos (Cogep) y 8 778 bajo la normativa procesal anterior.

Sin embargo, el SRI solo contabiliza 2 662 litigios tributarios activos, de los cuales, 1 003 se iniciaron antes del 2018. Es decir, estos juicios continúan en proceso. Pero también hay litigios pasivos o que están detenidos momentáneamente. El SRI no detalló cuántos están en esta condición.

Hasta agosto pasado existían aproximadamente USD 4 925 millones, entre capital, intereses y recargo, pendientes de recaudación. De estos, USD 2 905 millones corresponden al capital de la obligación, según información del SRI.

Para que estas controversias se solucionen de una forma más rápida, el Gobierno planteó un sistema de mediación y arbitraje. Los contribuyentes que actualmente tengan este tipo de procesos dispondrán de seis meses para tener derecho a una reducción en intereses y recargos.

Según la normativa, los contribuyentes que se acojan a un procedimiento de mediación tendrán derecho a remisión o perdón de intereses y recargos en distintos porcentajes. Los mismos están establecidos de acuerdo con el tiempo en que decidan optar por esta opción, a partir de la vigencia de la Ley.

Las personas que lo hagan durante los primeros 60 días tendrán derecho a remisión del 100% de los intereses y recargos. Mientras tanto, quienes lo soliciten a partir de febrero de 2022 tendrán derecho a una remisión del 75%. Y quienes lo hagan a partir de marzo solo tendrán derecho a la remisión del 50%.

Javier Bustos, experto tributario, señaló que todo mecanismo que permita una solución de conflictos tributarios, directamente entre el contribuyente y la administración tributaria, es bueno porque no satura el sistema de justicia.

“Siempre la solución ha sido ir a donde un juez, pero esto genera gastos para el contribuyente y para el Estado, que necesita defender un proceso judicial, que además son larguísimos”, dijo Bustos.

Estos juicios se vuelven más costosos porque las deudas tributarias, mientras estén en litigio, continúan causando intereses con recargo, lo cual implica que se genere una tasa aproximada de 8% anual.

Además, estos procedimientos judiciales pueden durar hasta más de 10 años.

“Hay deudas tributarias que se duplican solo por estar en el sistema de justicia. La mediación permite ceder de un lado y de otro para llegar a una solución”, agregó el experto.

En el país hay tribunales contenciosos tributarios por zonas en varias provincias, pero hay una sola sala en la Corte Nacional de Justicia que termina siendo un embudo para solucionar de forma definitiva los conflictos, por esta razón los litigios duran varios años.

El sistema de medicación establecido en la nueva Ley necesita una reglamentación. Pero el SRI señaló que los contribuyentes ya pueden solicitar la mediación de sus conflictos.

El SRI señaló que se encuentra desarrollando todas las acciones administrativas internas para su implementación. Esto permitirá que los contribuyentes puedan solicitar y acogerse a este mecanismo.

Si una persona no conoce si tiene deudas pendientes con la administración tributaria, puede consultarlas en la página web de la institución.

En este portal, se detalla el monto de la deuda, los intereses y recargos a pagar.

Wilson G., quien no sabía que tenía obligaciones pendientes con el SRI, ingresó su número de cédula y se enteró que tenía una deuda de USD 375,97, de los cuales 177,39 corresponde a deudas y multas.

Este contribuyente señaló que la semana que viene acudirá a la institución para conocer cómo es el tema de mediación y saldar su deuda.

Bustos mencionó que todas las personas que tengan obligaciones pendientes pueden optar por este mecanismo.

En varios países hay ejemplos de mediación y arbitrajes en temas tributarios. En la región, México y Venezuela lo aplican desde hace años.

México incorporó el mecanismo de conciliación denominado ‘Acuerdo Conclusivo’ a partir de 2014 con el objetivo de brindar a los contribuyentes un mecanismo alternativo que dé facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Venezuela mantiene desde el 2001 un sistema de arbitraje en materia tributaria.