Conozca cinco alivios para los deudores de bancos y cooperativas de Ecuador

La Junta de Política y Regulación Financiera aprobó medidas de alivio para deudores, permitiendo la reestructuración de créditos y nuevas líneas de financiamiento para reactivar la economía.

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La Junta de Política y Regulación Financiera (JPRF) aprobó una resolución que busca brindar alivio a los deudores del sistema financiero nacional. Este comprende bancos, cooperativas y mutualistas, tanto públicos como privados. El objetivo es fomentar la reactivación económica del país.

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La Resolución Nro. JPRF-F-2024-0120, del 30 de agosto de 2024, establece que las instituciones financieras del sector público, privado; y popular y solidario, consideren la conveniencia de otorgar medidas de alivio a sus deudores que no han podido cumplir con sus obligaciones financieras.

¿En qué consiste el alivio financiero?

El alivio financiero puede incluir medidas como:  

  1. Refinanciamiento y reestructuración de créditos. Las entidades financieras considerarán, caso por caso, refinanciar o reestructurar los créditos que presenten saldos vencidos entre el 10 de agosto de 2023 y el 30 de agosto de 2024. Esto previo acuerdo con el deudor y por solicitud del interesado.
  2. Períodos de gracia y eliminación de cargos adicionales. Durante los procesos de refinanciación o reestructuración, las entidades financieras analizarán otorgar períodos de gracia, no cobrar gastos de cobranza, costos legales, tarifas y comisiones.
  3. Consolidación de deudas. Para el refinanciamiento o reestructuración de créditos, se podrá efectuar la consolidación de todas las deudas que se mantenga con la entidad. Salvo casos excepcionales que determine el deudor o la entidad financiera acreedora.
  4. Modificación de condiciones de crédito. Las entidades de los sectores financieros, por solicitud y aceptación de los clientes, podrán modificar las condiciones originalmente pactadas para los créditos. Esto previo análisis individual de cada caso.
  5. Nuevos recursos sin gravámenes. Las entidades financieras podrán otorgar nuevos créditos a los deudores. Estos no estarán sujetos al pago de tributos, contribuciones y otros gravámenes, a fin de no encarecer su costo.

Estas medidas de alivio financiero serán aplicables a cualquier deudor. Siempre que haya disminuido su capacidad de pago, más no su voluntad de pagar el crédito recibido.

Esta resolución se enmarca en la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de las Actividades Turísticas y Fomento del Empleo. En esta se dispone que la JPRF establezca normativa que permita a las instituciones del Sistema Financiero Nacional ofrecer soluciones a quienes no han podido cumplir con sus obligaciones.