Cambios tributarios alteran planes

Dos factores retrasaron en un año la apertura de la fábrica de leche, yogur y embutido a base de soya de la marca Rebuena. El primero, la falta de crédito para adecuar la planta procesadora; y el segundo, la adaptación a las nuevas reglas tributarias en el país.

Al menos eso dice Ricardo Ortega, inversionista del proyecto, que prevé ponerlo operativo en julio próximo. La semana anterior recibió un préstamo de USD 30 000 y dice estar listo para cumplir con los requisitos tributarios.

Desde el 2007, el Régimen aplicó ocho reformas tributarias que están vigentes, mientras que una nueva está en trámite.

Con los cambios en materia de impuestos, Ortega contrató asesoría técnica en el 2009 y llegó a la conclusión de que solo el anticipo del Impuesto a la Renta (IR) le restaría liquidez en un 30%. Esos recursos debía tenerlos como ‘colchón’ para pagar impuestos.

“Decidí no abrir la planta en el 2010 hasta adaptarme a estas reformas. Hace ocho meses adquirí las últimas máquinas selladoras de empaques porque antes no tenía el dinero a mano”.

Pero las reformas tributarias también le auguran beneficios. En el Mandato Constituyente Nº 16, de diciembre del 2007, se fijó una tarifa de 0% de Impuesto al Valor Agregado (IVA) para embutidos, quesos y yogur.

Ortega administra hace 15 años la importadora y distribuidora de almidones Langoscoma, a la que quiere añadirle valor agregado. La planta está ubicada en Chongón, parroquia de Guayaquil. Debe contratar a ocho nuevos trabajadores.

El anticipo del IR es una de las reformas tributarias más cuestionadas por el sector empresarial, porque se paga independientemente de la rentabilidad. El mecanismo se aplica desde el 2009.

El anticipo se calcula con el 0,4% del total de activos, más el 0,4% del total de ingresos gravados, 0,2% del total del patrimonio y 0,2% de costos y gastos deducibles. Antes, el IR se pagaba si la empresa generaba utilidades.

Este cálculo preocupa a otro tipo de negocios.

Por ejemplo, una empresa que registra ingresos por USD 4 millones y gasta USD 3 999 999 también debe aplicar esa metodología. Según Carlos Mackliff, gerente general de Probitas Consultores, por ese dólar de utilidad, la empresa debe pagar el 0,4% de los 4 millones y el 0,2% de los 3,9 millones. “Debe pagar por su movimiento, por su derecho a funcionar”, enfatiza.

Otra reforma tributaria aplicada en Ecuador incluye las retenciones en la fuente, que fueron modificadas en el 2008. En el caso de servicios, la proporción pasó del 1% al 2%, afectando más a las pequeñas y medianas empresas, entre esas a Probitas. “Nos ha significado que, en el corto plazo, recibamos menos dinero. Un 2% menos”, agrega Mackliff.

Ante ese escenario, los planes de inversiones de la consultora (con menos de 10 trabajadores), para contratar más personal e instalar nuevo ‘software’ se detuvieron momentáneamente.

La industria farmacéutica también tuvo impactos con la segunda reformatoria de la Ley de Equidad Tributaria. Allí se dispuso que el alcohol para medicamentos no pague ICE (Impuesto al Consumo Especial).

“Fue un aliciente, pero no resultó representativo porque el alcohol apenas representa el 1% de las materias primas que utiliza la industria farmacéutica”, sostiene Renato Carló, propietario de Laboratorios Kronos.

Lo que sí alteró significativamente el presupuesto de esta industria fue el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD), que paulatinamente fue creciendo desde el 0,5% hasta llegar al 2%. Este valor es retenido cuando se importa materia prima. “Tuvimos que aplicar estrategias de ventas para asegurar volumen y así poder asumir los impuestos”.

Kronos da bonificaciones: por cada 100 unidades compradas, obsequia otras 20 ó 30 unidades, según el producto. Con base en este mecanismo, más la prioridad que le da el Gobierno para proveer medicinas nacionales a sus hospitales, este laboratorio incrementó en 10% su personal, dice.

Los contribuyentes deben aprovechar el deducible

Pablo Guevara, presidente del Instituto de Derecho Tributario núcleo del Guayas, considera que las personas naturales lograron significativos beneficios con las reformas tributarias. Son menos complejas que las dirigidas a personas jurídicas.

Al inicio, al contribuyente se le permitía deducir tres rubros: alimentación, salud y educación. Después se incorporó vivienda y vestimenta. La base imponible es de USD 11 583.

Inicialmente cada rubro podía reducir el total, pero desde este año solo puede aplicarse en el caso de los gastos en salud. Para vestimenta, alimentación y vivienda el monto máximo a deducir equivale a USD 2 993.

"Aún con ese limitante, el contribuyente tiene ventajas. Es más, con el fuerte control tributario se ve obligado a conocer cómo declarar sus impuestos", refiere.

Sin embargo, hay quienes pierden ese beneficio por desconocimiento o descuido.
Ivonne Carpio trabaja bajo relación de dependencia. Sus ingresos mensuales, en promedio, llegan a USD 1 000. Ella olvidó presentar a su empresa la proyección de gastos en el formulario 107 del Servicio de Rentas Internas (SRI), para el ejercicio 2010.

Su patrono, entonces, pasó a descontarle un proporcional en base a una tabla. Mensualmente le debitan USD 51. Ese año asegura haber tenido gastos significativos en un tratamiento de ortodoncia (salud) y en un curso de inglés (educación). Como no cumplió con el requisito, no pudo deducir esos valores, que aún no tenían limites para la deducción.

Además de los beneficios de las personas naturales, Guevara anotó cambios tributarios que incentivan a las empresas a pagar tributo. Por ejemplo, cuando se contrata a un trabajador con alguna discapacidad, su salario puede ser considerado para el deducible.

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