Ciudadanos bolivianos siguieron de cerca en La Paz Bolivia, el pronunciamiento de la Corte internacional de Justicia (CIJ) sobre la disputa de Bolivia con Chile, por la demanda presentada para reclamar un acceso al mar. Foto: EFE
A partir de la sentencia de la corte de La Haya, Bolivia tiene en la negociación y el diálogo bilaterales con Chile la “única vía factible” para hacer valer su reclamo por un acceso soberano al océano Pacífico, expresó hoy, 2 de octubre del 2018, la abogada y profesora en Derecho Internacional Público boliviana Karen Longaric.
“La única vía factible es la vía de la negociación y la negociación es un mecanismo político y diplomático. No es un mecanismo de carácter jurídico”, declaró Longaric en una entrevista con Efe.
La experta sostuvo que en lo jurídico, para Bolivia “no hay otra alternativa de solución” y, por lo tanto, puede apostar por las múltiples formas de una negociación bilateral, como por ejemplo ir acompañada por la comunidad internacional o por un país amigo.
Este 1 de octubre los jueces de la Corte Internacional de Justicia emitieron su sentencia sobre la demanda presentada por Bolivia contra Chile en 2013, en la que estableció por doce votos contra tres que este último país no tiene la obligación de negociar una salida soberana al Pacífico en favor del primero.
Tras el fallo, el Gobierno boliviano expresó que su reclamo es “irrenunciable” y que recurrirá a otras vías dentro de lo establecido por el régimen de las Naciones Unidas.
Consultada sobre esa posibilidad, Longaric manifestó que “no la hay”.
“Lo mejor que podemos hacer es cerrar el capítulo de la corte y volver a intentar el diálogo”, recalcó.
El tribunal de La Haya reconoció que las diferentes notas, actas y declaraciones entre ambos países a lo largo del siglo XX y principios del XXI implicaban que ha existido una intención de negociar por parte de Chile, pero ello no representa que este país haya adquirido una obligación jurídica de negociar.
A juicio de Longaric, lo que la corte estableció con su sentencia fue que los elementos jurídicos presentados por Bolivia no tenían “el alcance jurídico suficiente” como para generar una obligación legal en Chile.
La experta mencionó que Bolivia fundamentó su petitorio en la figura de los “actos unilaterales” de los Estados, perteneciente al Derecho Internacional Público, que son capaces de generar obligaciones jurídicas, pero que es algo “altamente complejo”.
“Solamente la encontramos en la doctrina y la jurisprudencia, no en el Derecho positivo. No hay una norma positiva que señale tal o cual son actos unilaterales”, manifestó.
Longaric se reconoció como alguien que permanentemente ha “puesto en duda” que el tema marítimo sea llevado ante un tribunal, ya que “no era la mejor decisión”.
Por tanto, consideró que la corte “no ha juzgado en equidad” sino que “ha fallado en Derecho”, apegada al Derecho Internacional.
Las autoridades bolivianas han destacado la “invocación” de la corte a continuar con el diálogo pese a no existir una obligación legal de dialogar y que su demanda marítima es irrenunciable.
Al margen de lo jurídico, Longaric señaló que pese a lo sucedido, Bolivia permanecerá creyendo que aún permanece una “obligación de carácter ético, moral” de parte de Chile para encontrar una solución al problema marítimo.
Bolivia presentó en 2013 ante la corte de La Haya una demanda contra Chile pidiendo declare que tiene la obligación de negociar un acceso soberano al mar, en base a los acercamientos que ambos países a lo largo del tiempo y que a su entender generó compromisos a su favor.
El tribunal desestimó el lunes los argumentos bolivianos al señalar que si bien que entre las partes hubo negociaciones, no generaron obligaciones al Estado chileno.
La sentencia es inapelable y de obligado cumplimiento, por lo que supone el último episodio del camino judicial comenzado por Bolivia hace cinco años