Migración Colombia insiste en que los pasajeros deben suministrar información completa. Foto: Héctor Zamora/ EL TIEMPO de Bogotá.
Migración Colombia recuerda que es una obligación entregar información veraz sobre los síntomas, al llegar a los aeropuertos.
Sergio Bueno, director de Migración Colombia, le manifestó a ElTiempo.com que el artículo 17 del decreto 834 del 2013 establece la obligación para los ciudadanos de suministrar al momento de su ingreso al país la información solicitada por la autoridad migratoria.
En caso de que se mienta o no se dé información completa se puede cometer el delito de violación de medidas sanitarias. Según la Ley 1220 del 2008, que aumentó las penas previstas en el Código Penal para los delitos contra la salud pública, podría dar de cuatro a ocho años de cárcel.
“En este caso el ciudadano puede estar incurso en un delito al no haber dado la información completa que se estableció en el protocolo del Ministerio de Salud, que para el caso corresponde a una medida sanitaria para evitar la propagación de una epidemia”, menciona el decreto 834.
En ese sentido, Migración insiste en que es una obligación del viajero suministrar de forma veraz, y sin omisión alguna, toda la información solicitada al momento de ingresar al país.
Actualmente, la Unidad Administrativa Especial de Migración viene aplicando en los puestos de control un protocolo de tamizaje establecido por el Ministerio de Salud y el Instituto Nacional de Salud para los ciudadanos de 92 nacionalidades que están exentos de visa para llegar a Colombia.
Adicionalmente, los oficiales de Migración revisan los sellos estampados en los pasaportes y de ser necesario revisan pasabordos o solicitan información adicional a la aerolínea con relación al viajero. Una vez se establece que el pasajero estuvo en la llamada zona de afectación, se procede a reportarles a las autoridades de salud para que sigan el protocolo establecido en casos sospechosos de contagio.