Andrés Michelena, secretario de Comunicación, anunció las objeciones a la Ley. Foto: Cortesía / Presidencia
En el veto enviado por el Ejecutivo, la mayor cantidad de observaciones realizadas tiene que ver con las frecuencias de radio y TV. Seis de las 26 observaciones enviadas corresponden a este tema.
La principal novedad es que el Ejecutivo no está de acuerdo con la transitoria que renovaba la concesión de las frecuencias. Se envió un nuevo texto señalando que los procesos de revisión para adjudicación de frecuencias continúan su curso.
Otra reforma importante es que, según el proyecto de la Asamblea, la renovación del título habilitante (que dura 15 años) tenía que ser para el mismo concesionario mediante adjudicación directa. El Ejecutivo elimina esta adjudicación directa y la someterá a concurso cuando finalice el período.
Además, el veto presidencial deja en claro que 34% del espectro radioeléctrico será para medios comunitarios, y el resto (66%) será para los medios privados y públicos. Estos últimos no podrán superar el 10%.
En el proyecto presidencial se establece que los medios públicos serán los únicos que se adjudicarán directamente, y el resto mediante concursos abiertos.
Respecto de la propiedad, el Ejecutivo delimita que las personas jurídicas sin fines de lucro solo pueden acceder a frecuencias de medios comunitarios. Por último, reconoce un 30% de puntaje adicional en el concurso de frecuencias a quienes acrediten inversiones realizadas y experiencia en este campo.
Trabajo periodístico
En la Ley de Comunicación se establece que los medios de comunicación serán solidarios de indemnizaciones y compensaciones de carácter civil por el ejercicio periodístico. La Asamblea reformó eso y la definió como responsabilidad civil si se incumple con las rectificaciones o se afecta a los derechos humanos o a la reputación de posibles afectados. En el veto enviado por el Ejecutivo se garantiza el debido proceso.
Respecto de los contenidos de carácter intercultural, que actualmente son del 5% diario, la Asamblea cambió este porcentaje por el término “producto comunicacional”. El Ejecutivo agregó que el alcance de este término se regule bajo un reglamento.
Asimismo, en el veto del Ejecutivo se deja en claro que no podrán circular en medios de comunicación las llamadas informaciones de circulación
restringida, es decir, las que hayan sido declaradas secretos de Estado.
Regulación
El Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información (Cordicom) pasa a liderar el Sistema de Comunicación y se le entregan 16 atribuciones, entre ellas la regulación de contenidos de mensajes de violencia, explícitamente sexuales o discriminatorios. Cinco de los cambios propuestos por el Ejecutivo tienen que ver directamente con este organismo.
El Legislativo había propuesto que en su integración estén con voz, pero no con voto, miembros de los gremios de periodistas y delegados de los medios de comunicación.
En la reforma del Ejecutivo se eliminan estos miembros, porque se fundamenta en que la Constitución prohíbe, en el artículo 232, que las entidades de regulación puedan integrarse con miembros de entidades reguladas.
En la propuesta del Legislativo se había derogado el artículo 54 de la Ley de Comunicación, que creaba un Consejo Consultivo. El veto presidencial propone un cambio a su conformación, y determina que este tenga representación de ciudadanos afroecuatorianos, montuvios, gremios periodísticos, medios de comunicación y un representante del sector de la promoción cultural.
De pasar el veto presidencial, este consejo actuará como un mecanismo de consulta y asesoría, que no será vinculante para las decisiones que tenga que tomar el Cordicom.
Derechos
En cuanto a los derechos de las minorías, el Ejecutivo plantea en su reforma que el uso y desarrollo de idiomas ancestrales, en las informaciones que se viertan a través de los medios de comunicación, serán aplicables únicamente para equiparar condiciones y no podrán generar ventajas. Con eso prevé que los derechos de los pueblos originarios sean respetados, pero que también generen derechos de igualdad.
En materia de derechos, otra atribución que el Ejecutivo da a la Cordicom es la de fortalecer el ecosistema de medios de comunicación comunitarios, para lo cual debe crear políticas que propendan a mejorar a este sector de la comunicación social del país.
Además, en la primera objeción se determina que la ley está para desarrollar, proteger, promover, garantizar, regular y fomentar el ejercicio de los derechos a la comunicación. Y, de la misma forma, proteger el derecho a ejercer la libertad de expresión y a buscar, recibir y difundir ideas de toda índole a través de los medios.
Publicidad y producción audiovisual
Según la motivación expuesta en las reformas del Ejecutivo, se explica que el artículo 98 de la Ley de Comunicación, a pesar de que trata de fomentar la industria audiovisual del país, con la prohibición de producir y pautar productos publicitarios de origen extranjero se contrapone con la normativa contemplada en acuerdos internacionales, por lo que propone que este artículo sea derogado.
En relación con la publicidad que se transmite en los medios de comunicación, el veto del Ejecutivo dice que los derechos se describen en la Constitución y otros instrumentos legales internacionales.
De esta forma, prohíbe la transmisión de publicidad engañosa, pornografía infantil, bebidas alcohólicas, cigarrillos y otras sustancias psicotrópicas. También, se establece que la publicidad para programas de carácter infantil debe ser calificada por el Cordicom.
Servicio público
El secretario de Comunicación, Andrés Michelena, explicó ayer (18 de enero del 2019) que paralelamente al veto, el Ejecutivo envió un proyecto de reforma al artículo 5 de la Ley de Comunicación, para establecer claramente que se trata de un derecho y no de un servicio público.
El Secretario aclaró, además, que en la reforma presentada por el Ejecutivo en mayo pasado se contemplaba a la comunicación como un derecho. “Ha habido una omisión en el envío por parte de la Asamblea del proyecto inicial enviado por el Presidente. Bajo ese objetivo se ha decidido enviar el día de hoy un proyecto reformatorio exclusivo para el artículo 5, en el marco de que la comunicación es un derecho”.
Sin embargo, este proyecto de Ley deberá ser debatido nuevamente en la Comisión de Derechos Colectivos de la Asamblea y en el Pleno, para luego pasar al veto presidencial, un trámite podría tomar unos tres meses.
Jorge Corozo, presidente de la Comisión de Derechos Colectivos de la Asamblea, dijo que el veto será una oportunidad para que se puedan corregir algunos aspectos de la normativa.
Sobre el artículo 5 de la normativa, que incluso motivó al Ejecutivo a presentar un nuevo proyecto de reforma, Corozo dijo que hubo una confusión con la intención de “manchar el trabajo que realizó la Comisión”.